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DOLEO-0020

DOLEO-0020

GrupoHistoria15
IdentificadorDOLEO-0020
TipologíaCartas privadas
ArchivoArchivo General de Indias
ReferenciaEstado, 18, n. 52
ResumenRafael José Caballero escribe al rey defendiendo a su hija y lamentándose del trato dispensado a él y a su familia.
Fecha1797 agosto 12
LugarSantiago de Cuba
ProvinciaSantiago de Cuba
PaísCuba

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Señor Yo soy un vesino, e individuo de una familia antigua, e ilustre, pero que constantemente ha hecho poco caso de las executorias y actos positivos, mucho de la aplicasion al travajo, y de la puresa de principios. Casé con Da Josefa Rodrigues de igual calidad, de cuyo matrimonio han resultado quatro hijos, contandose entre ellos la triste y desamparada Da Margarita, cuya situacion ya se habrá hecho precente a uestra Merced si han llegado a sus manos ciertos papeles que ha dirigido de su funesta tragedia. Yo creyendo acomodar, y felisitar a dicha Da Margarita, le inspire, y aconsexé en la tierna edad de trece años, que se matrimoniase con un Joven noble nombrado Don Manuel Villalon. Desde entonces comensaron los infortunios de mi triste vida. Lo que Yo me prometia en obsequio de mi afligida hija se convirtió en llanto, y tribulasiones. Seis años han sido de un continuado martyrio para mi hija. No hay visio, que no posea el marido, y todos los frecuenta con escandalo. Jamas la he desprendido de mi abrigo sosteniendola con regular desencia, y alimentando a su perverso Esposo. Da Margarita mas antes quiso sacudir el yugo de tormentos, por que le faltaba la toleransia, y los consejos de su madre y mios detuvieron muchas veses sus ideas, hasta que tocando con experiencia, que el marido no mudaba de conducta, y que por el contrario trataba de inclinar el favor del Governador de esta Plaza á las suyas, no hisimos oposision a que se presentase como se presentó en el tribunal Ecleciastico entablando su Demanda de Divorcio perpetuo¿ que dolor para un Padre ser la causa de los pesares de una amabilisima hija? Asi es, y mucho mas me aflige quando esta en el medio de su llanto me reconvino con la execusion de un matrimonio immaturo. El marido protexido de dicho Governador, se presentó en su tribunal pidiendo reunión al matrimonio, y que Da Margarita se depositase, y extragese de mis Casas, y sin embargo que sele requirio por Despacho al Juez Civil para que remitiese la Causa al Eclesiastico, executó el Governador sus designios, sacando a dicha mi hija con Comisionado, Escrivano, Ayudante, y Soldados, que la llevaron a las Casas de Da Roza Garzon. Yo al siguiente dia¿ que habia de haser, sino buscar, quien me desafligiera, y consolara las lagrimas tan injustamente derramadas al ver mi tierna hija de una edad de dies, y nueve años entregada en manos de Soldados, y todos los demas que le sirvieron de guarnision como si fuera reo de estado? Ocurri inmediatamente al Defensor dela Causa, quien hizo una narrasión por escrito al Esclesiastico de la historia, y del atropellamiento explicandose con unas palabras acomodadas ala triste situasion del espiritu, y corason de mi hija. El Ecleciastico tiró inmediatamente su Despacho, y creyendose alzamiento de todo progreso en el tribunal Real se empeoró el asunto pues el Governador graduó el livelo injurioso á su dignidad guvernativa. toma entre sus iras a la victima innosente de Da Margarita, siguiendole Causa Criminal. Cambia el Deposito en arresto publico de su Persona. Recivele su confesion en la qual la sensillés de su Espiritu dió aconoser la sinceridad de sus intensiones, satisfasiendo al Governador del modo mas submiso. Esto no obstante nombrale Fiscal para que la acuse que lo es el Licenciado Don Domingo Herrera, el qual pidio que pues Yo agensiaba la defensa de mi hija, habia incurrido por mi edad, y mas conosimiento en maior delito. Que seme arrestase, y embargase todos los bienes. Asi sucedió, al punto fui condusido á la Carcel publica de esta Ciudad, sequestrandoseme los negros, una corta Hasiendita, que me produse lo necesario para sostener honrradamente á familia; Señor, adonde encontraré Yo quién pudiera explicar a Vuestra Merced la vehemencia de mi dolor, y la crueldad de mi tormento? transformese Vuestra Merced por unos instantes en los sentimientos de un Padre, para que pueda formar siquiera en vosquexo una idea de mis angustias y tribulasiones. Verme arrestado, y separado de mis hijos, dela dulze compañia de una muger, que es el deposito de todo mi amor cariño, y consuelo. Mi hija arrestada en casa agena, y llena de dolores, y accidentes. Mis cortos bienes entredichados, y sin poder haser vso de ellos. Mi Esposa en llanto perpetuo, sin poder ocurrir a prestar consuelo, ni asus queridos hijos, ni ami, por atender al cuidado dela Casa, de modo que en quatro Dias, se ha arruinado, o destruido un Pobre vesino Campestre, y vtil ala Republica¿ Y esto por que? Por haver sido fiel a las emosiones tiernas de la naturalesa. Por haver agensiado el alivio de una hija amable, en la mas sangrienta de las perseqüsiones¿ Es posible, Señor, que alos Perros se les permita ladrar, y alsar el grito en defensa de sus amos, y ami hombre racional, y Padre no solo se me niegue el llorar, sino es que seme pene, y castigue por que fui deferente a los sentimientos dela razon, y dela naturalesa?¿ Estamos acaso en los dias tenebrosos de aquellos siglos pasados, en que no podian los padres ponerse luto por los hijos perseguidos, por que les quedaban otros hijos? Yo formo un altisimo concepto de Vuestra Merced y creo firmemente, que no gusta de que se immolen sus Subditos. Mi hija Da Margarita no ha dicho cosa de que racionalmente pueda ofenderse el Governador. Ella se explicó con unas palabras, quales convenían al tamaño del atropellamiento. Pero sea lo que fuese¿ Qué tiene, que haser el Padre ansiano en esta tragedia? Para vindicar la injuria supuesta, no es necesario derrotar á un buen vesino. Las Leyes tienen establesidas sus penas para este caso, ordenando, o el rompimiento del livelo, ó la reprehension, ó el arresto de veinte dias segun la calidad de las Personas. Mi hija Da Margarita sufre Deposito desde el quatro de Julio, que se convirtió en prision, y pena aflictiva desde el dia trese; y Yo desde el nueve de este precente Mes, y la continuaremos, si la piedad de Vuestra Merced no se conduele de nuestras aflicciones. Yo bien , Señor, que los oficios Guvernativos, quieren escudarse en unas ancias, ó deceos de consiliar los animos de dicha mi hija, y su marido; y lo que toco, y experimento es, que el procedimiento no solo ha sido la ruina de este matrimonio, sino la desunion del mio, con su madre; por que si el Governador huviese obrado con suavidad, y con dulzura, tal vés huviera adquirido una gloriosa conquista de la voluntad de Da Margarita, la qual, si antes ofrecia espectativa, ya no queda esperanza en un Espíritu tan exasperado, y adolorido; por cuya causal no es compatible lo que el Governador publica, que ha vsado de medimiento, y regularidad, pues esto pugna con la violencia de arrancar ami hija escandalosamente de la compañia de sus Padres, sin disponer, ni tratar, que el marido la alimentase pension de que estoy recargado. Y por cuyos motivos¿ Que habia de haser Yo, sino publicar los dolorosos latidos de un Corazon situado en angustias, y congojas?. Estos suspiros naturales los ha tradusido injuriosos el Fiscal, á cuya instancia seme arrestó, fundandose en los deberes del Subdito respecto del Superior, olvidandose de las obligasiones, que ligan alos que estan constituidos en Dignidad, para concervar la tranquilidad y sociego de aquellos, y precaver qualquiera turbasion injusta en sus animos. Esta historia conoscerá Vuestra Merced que es historia de odio, y venganza; Y anuncio, que trae sus principios de tiempos pasados, que se han eslabonado por medio de Personas, que son Privados en el actual Govierno, hechuras del anterior, é interesadas en seguir las mismas maximas, y abono dela conducta de aquel Gefe, sosteniendo sus recomendasiones á quienes favorece, y odiando álos hombres de bien, que no le fueron additos. Quantos lamentos llegarán en breve á los oidos de Vuestra Merced pues han continuado los tormentos? Yo espero, que Vuestra Merced acepte estas letras con la compasion que ellas meresen. Que suspenda la afliccion á los afligidos, é injustamente perseguidos, y vaxo esta confiansa me he resignado suplicarle rendidamente a Vuestra Merced se sirva ordenar, que el Governador suspenda ambas Prisiones, alse el entredicho de mis bienes, seme indegnise de quebrantos y perjuicios, y que se siga la Causa por los tramites de Derecho, hasta que puesta en estado se remita á Vuestra Merced para que de allí descienda la determinasion, que sea de Justicia. Nuestro Señor guarde la Graciosa Real Persona de Vuestra Merced los muchos años, que sus felices Vasallos necesitan. Santiago de Cuba 12 de Agosto de 1797. Señor. Rafael José Cavallero

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