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CORHEN-0468

CORHEN-0468

GrupoGHEN
IdentificadorCORHEN-0468
TipologíaCartas de compraventa y contratos
ArchivoArchivo del Monasterio de Las Huelgas de Burgos
ReferenciaLeg. 33, n. 1501-B
ResumenGómez Gutiérrez de Muñó y doña María venden al monasterio de Santa María la Real de las Huelgas, por mediación de frey Yagüe, veedor en Santiuste, un heredamiento compuesto por seis viñedos, veinte tierras y varias casas.
Fecha1281 octubre 22
LugarMuñó
ProvinciaBurgos
PaísEspaña
ScriptorDomingo

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Coñocida cosa sea a cuantos esta carta vieren cúmo yo Gómez Gutiérrez Muñó de Muñó e yo doña María, fija de Pero Domínguez Escagaja de Maçuelo, que fue, que moro en Muñó, amos de mancomún, de nuestras buenas voluntades, vendemos todo cuanto heredamiento de tierras, e de viñas e de casas compramos de fijos de Domingo Marciella de San Román ,e de su madre doña Urraca, e de Martín Yuañes so marido en San Román e en sos términos, conombradamente mente: dos pedaços de tierras al guijar de Ferrando, en sulco de don Domingo, fijo de Pero Martín, e en sulco de Roí Cabrera ;e otra tierra al arroyal, en sulco de don Joanes, e el calze en derredor; e otra faça ý luego en sulco; e otro pedaço al guijar de la puent, en sulco de don Domingo; e otro pedaço aquende de la uelga ;e otra faça a los campos, en sulco de Joán Elario ;e otro pedaço carrera de Foyo, en sulco del abadessa; otro pedaço carrera de Santa Marina, en sulco de don Marcos; otro pedaço al pajar, en sulco del abadessa; otro pedaço al Fenar, en sulco de Joán Elario; otro pedaço sobre la carrera, en sulco de doña Illana; ý luego en somo otro pedaço; otro pedaço en sulco de Pero Díaz; otro pedaço a la roeriza, en sulco de la carrera; otra faça ý luego, en sulco del espital; otra faça a la Cabaña deParamiellos; otra faça carrera de Foyo, en sulco de Pero Abril; otro pedaço al atalaya, en sulco de Joán Abat; otro pedaço en Foyo, en sulco de Gonzalo Pérez; otra faça. en somo de Val, en sulco de don Rodrigo; otra faça ý luego en somo de Domingo Ramiro; otra faça en Paramiellos, en sulco del alcalde; otra tierra en Paramiellos, en sulco de Joán Elario; otro pedaço a las Fontaniellas, en sulco de lo de Sant Yust; otra faça carrera de Celadiella en sulco de don Ferrando; otra faça en sulco de lo de Sant Yust; otra faça que fue de Martín Moro, en sulco de don Rodrigo; otro pedaço carrera de la Hesa, en sulco del abadessa; otro pedaço ý luego en sulco de don Domingo; otra tierra en Páramo, en sulco de don Ramiro; otra tierra enderruñada, en sulco de don Ferrando; do otra tierra en sulco de fijos del abat de la Cuesta; otra tierra carrera de Foyo, en sulco de Joán Romo; otra faça a Tegaranos s, en sulco de fijos de Domingo Sant Yust; otra tierra en somo de Val de Velasco, en sulco de fijos de Martín Redondo; otro pedaço a las encruzijadas, en sulco de don Ferrando; otra tierra ý luego en sulco de Pero Díaz; otra faça del otro cabo de la carrera, en sulco de la cofradría; otra tierra en el mont, en sulco de doña Illana; otra tierra en somo de Val de Tanín, en sulco de Pero Burgos; otra tierra en somo de Val de Tanín, en sulco de lo de Sant Yust; otra tierra ý luego, en sulco de don Yuañes; otra tierra en somo de las Fesas, en sulco de Gonzalo Pérez; otra tierra que fue de Gonzalo Lazrado, en sulco de fijos de Savastián; otra tierra en sulco del camino. Esto es el heredamiento sobredicho. Estas son las viñas: una viña a Mira Bueno, en sulco de Gonzalo Pérez; otra viña al calce, en sulco de don Domingo; otra viña ý luego en sulco de Gonzalo Pérez; otra viña ý luego en sulco de Martilome; otra viña a la fuente de Sant Martín; otra viña a Prado; otra viña carrera de la Fesa, en sulco del ospital; otra viña ý luego en sulco del abadessa; otra viña en Vall, en sulco de Domingo Celada; otra viña en Vall, en sulco de Domingo Ramiro; otra viña en Foyo, en sulco de Domingo Celada; otra viña ý luego en sulco de Gonzalo Pérez. Est heredamiento sobredicho e con las casas, todo assí como lo nós compramos de fijos de Domingo Marciella, e de su madre doña Urraca e de so marido Martín Yuañes e lo nós heredamos, vos vendemos yo Gómez Gutiérrez e yo doña María los sobredichos a vós don frey Yagüe, veedor de la casa de Sant Yust, poral monesterio, por nuef cientos moravedís de la moneda de la guerra primera, que otorgamos que recibiemos de vós, que todos los passamos a nuestra part, que non fincó ninguna cosa por pagar de aver nin de conrobración. E d’esto son fiadores de sanamiento a fuero de tierra como el rey manda yo Roí Pérez, el alcalde de Muñó, e yo Pero Ordóñez, d’este mismo lugar. D’esto son testigos de bonos omnes que lo vieron e lo oyeron rogados de amas las partes en testimonio, del concejo de Muñó: don García el merino; e Garcí Gutierre el Mayor; e Domingo Roíz, omne de Gómez Gutiérrez; e don Martín, fijo de Domingo Martín de la carrera de Arroyo; e don Yuañes, fi de María Carnola de Villota. Estos son oidores, e veedores e confirmadores. E yo Gómez Gutiérrez e yo doña María, los sobredichos, amos a dos de mancomún, que vos est heredamiento de tierras, e de viñas e de casas vendemos a vós don frey Yagüe el sobredicho poral monesterio, assí como dicho es desuso, mandamos fazer carta buena e firme , e coteámosla de parte del rey, que sea siempre válida e tenida, que si alguno de nuestra natura o de otra agena este nuestro fecho demandare, o dessatare, o destorbare o contrallare que peche en coto al rey CCC sueldos e a vós don frey Yagüe poral monesterio est heredamiento sobredicho duplado e mejorado en tal logar o en mejor. Fecha la carta en el mes de octubre, XXII días, era de mill e CCC e XVIIII años.
Yo Domingo, escrivano público de Muñó, fiz esta carta por mandado de las partes sobredichas teniendo la vez de García González e pus en ella mi señal.

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