CODEMA-0113 CODEMA-0113 Grupo ARINTA Identificador CODEMA-0113 Tipología Cartas de compraventa y contratos Archivo Archivo Histórico Provincial de Málaga Referencia Legajo 150, sin foliar Resumen Antonio Hernandes, vecino de El Borge, asienta por aprendiz con Diego Martín, carpintero, a su hijo Antonio, de dieciocho años, para que le sirva durante un año Fecha 1531 enero 12 Lugar Málaga Provincia Málaga País España Scriptor Diego de León
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En la muy noble e leal çibdad de malaga do
mes de ene ro año del nasçimiento de nuest ro sal
ihs u xpist o de mjll e quiniento s e trejnta e vn años en pre sen
de mj diego de leon escr ivan o publico e testigo s yuso escri ptos paresçieron pre
sentes antonio hernandes veçino de la villa del borje e diego
mart jn carpjnte ro veçino desta cibdad e el dic ho antonjo hernandes
dixo que asentava por aprentyz con el dic ho diego mart jn a vn su
hijo llamado antonjo de hedad de diez e ocho años para
que le sirva tien po de vn año conplido que comjença dend
oy de la fecha durante el qual le a de dar mostrado el dicho
djego mart jn al dic ho antonjo el dic ho ofiçio de carpinte ro que s hazer
vnas puertas de calle clavadizas e otras puer
de palaçio de molduras e vna mesa de faxas con sus
gonçes e vn arcaz de lazo de almendrilla e vn armad
de par e hilera e vnas tyseras de madera tosca esto por R
que el dic ho antonjo he rnan des le a de dar e pagar al dic ho dieg
mart jn dos ducado s de oro pagados por el dia de san Jua n de jun
pri mero que ver na y el dic ho diego mart jn dixo que l Reçibia e Re
al dic ho antonjo por el dic ho tien po de vn año durante el
se obligo de le dar mostrado e abezadodo todo lo q
dic ho a vista de ofiçiales que dello sepan e de
al dic ho antonjo durantel dic ho tien po de comer e bever
casa e cama en que ste e duerma por Razon de los d
ducado s que le a de dar el dic ho antonjo hernandes
al dic ho plazo sopena que si al dic ho plazo no le diere
e abezado como dic ho es que l dic ho djeg o mart jn sea obligado
le bolver los dic hos dos ducado s y de le pagar todo el ser vjcio
le sir viere por lo que juraren dos ofiçiales que mereçe
y el dic ho antonjo hernandes se obligo quel dic ho an
su hijo estara todo el dic ho tien po e que no se avsen
sopena que sea obligado a lo bolver al dic ho ser vjcio donde no que
pierda lo servido e no sea obligado el dic ho mart jn cosa algu
de lo suso dic ho para lo qual conpljr ambas dic has
dic has cada vna por lo que le va y esta obligado
bligaron sus per sonas e bienes muebles
Rayzes av por aver e par a la execuçi on
poder con
de sus magestades para que a ello
apre mjen como por sentenc ja pasada en cosa
en guarda e firmeza de lo qual Renunçia
ron quales qui er leyes fueros e de rechos
de que se puedan ayudar e aprovechar
que les non valan e la ley e Regla del de recho
en que diz que general Renunçiaçion
fecha de leyes non vala en testimon jo de
lo qual otorgaron lo suso dic ho
ante mj el dic ho diego de leon escr ivan o
publico del numero de la dic ha çibdad
de malaga e testigo s de yuso escri ptos
en el dic ho dia mes e año suso dic ho
a lo qual fueron pre sentes por testigo s diego de xeres e antonio de
atençia e diego toledano veçino s de malaga
e firmaron lo de sus non bres va testado o dezia plaço diego mart jn antonio hernandes
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