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CODCAR-0505

CODCAR-0505

GrupoGEDHYTAS
IdentificadorCODCAR-0505
TipologíaTextos legislativos
ArchivoArchivo Municipal de Vitoria Pilar Aróstegui
Referencia08\010\001
ResumenCarta plomada del infante don Sancho que confirma la costumbre de llevar a Vitoria el vino y otras viandas necesarias desde Navarra y otros lugares de fuera del reino.
Fecha1283 enero 20
LugarZamora
ProvinciaZamora
PaísEspaña
ScriptorAlfonso Roíz

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De , infante don Sancho, fijo mayor e heredero del muy noble don Alfonso, por la gracia de Dios rey de Castiella, de Toledo, de León, de Gallizia, de Sevilla, de Córdova, de Murcia, de Jaén e del Algarve, al concejo de Bitoria, salut e gracia. Vi vuestra carta en que me enviastes dizir que vós aviedes en uso e en custumbre de tiempo del rey don Alfonso, mio visavuelo, e del rey don Ferrando, mio avuelo, e del rey mio padre, de traer vino e toda la otra vianda que aviedes mester de Navarra e de los otros lugares de fuera del regno, por razón que vós sodes poblados en cabo del regno e es tierra de montaña do non á viñas e bivides por acarreo. E que los merinos de don Lope, por su mandado, que vos embargan que lo non trayades, por razón de una mi carta que·l mostraron los de Treviño en que dizié que non tenía yo por bien que traxiéssedes vino de Navarra. E pidiédesme mercet que, pues vos yo otorgara vuestros fueros e vuestros privilegios e los usos e las costumbres que oviérades en tiempo de los reis sobredichos e de los otros reis que fueron ante d'ellos, que quisiesse que traxiéssedes vino e las otras viandas que oviéssedes mester de Navarra e de los otros lugares de fuera del regno. E yo, por vos fazer bien e merced, e aviendo voluntat de vos [enmienda: fazer] tener e guardar vuestros fueros e vuestros privilegios e usos e costumbres, tengo por bien que podades traer vino e las otras viandas que ovierdes mester, tan bien de Navarra como de los otros lugares de fuera del regno, segunt lo usastes a traer en tiempo de los reis sobredichos. Onde mando e defiendo que ninguno non sea osado de vos lo embargar nin vos passar contra esto, ca cualquier que lo fiziesse, a él e a lo que oviesse me tornaría yo por ello. Dada en Çamora, veinte días de enero, era de mill e trezientos e veinte e un año. Yo, Alfonso Roíz, la fiz escrevir por mandado del infante. Joán Martínez.

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