CODEMA-0412
CODEMA-0412
Grupo | ARINTA |
---|
Identificador | CODEMA-0412 |
---|
Tipología | Otros |
---|
Archivo | Archivo Histórico Provincial de Málaga |
---|
Referencia | Protocolos, P4782, ff. 175r-175v |
---|
Resumen | Dote de Teresa Bueno |
---|
Fecha | 1747 septiembre 17 |
---|
Lugar | Cómpeta |
---|
Provincia | Málaga |
---|
País | España |
---|
Scriptor | Juan Basilio Pabón |
---|
Opciones de visualización
Texto: - Mostrar:
Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.
Doña Teresa Bueno, su
Dotte
Conttra
Juan Roman,, vezino de esta villa. En la villa de Cómpeta, a dies y
siete días del mes de septiembre de mil
setezientos cuarenta y siete años,
ante mí, el escrivano público, y testigos infraescriptos
escripttos paresió doña Antonia de Escutia, viuda de Francisco Isidoro
Bueno, vezina de esta villa, a quien doy fee conozco, y
dijo que doña Teresa Bueno, su hija y del dicho su
marido, está casada y velada según orden de nuestra Santa
Madre Iglesia con Juan Román, vezino asimismo mismo de esta
villa, a quien por dote de la dicha su hija le tiene dados
ziertos vienes. Y por cuenta de su lexítima paterna y por
la suya quiere entregarle un pedaso de vancal, además
de lo que le tiene entregado de vienes muebles, que han
sido apresiados. Y declara son en la forma siguiente:
Primeramente, una cama de madera, en diez reales reales, 0.10.
Una mesa de pino, en cuatro reales, 0.04.
Una silla de anea, real y medio reales, 0.01 17.
Unas enaguas de lamparilla, en sesenta reales reales, 0.60.
Unas trébedes, en tres reales reales, 0.03.
Dies varas de tiradiso, en quinze reales reales, 0.15.
Ítem, dies varas de lienzo, en quinze reales reales, 0.15.
Ítem, un pedaso de bancal con los
árvoles que le corresponde en el pago de Costa
[Faire], linde vancales de la otorgante, lo que solo
le entrega a la dicha su hija por cuenta
de lo que haya de haber de su lexítima,
con cargo de un cuarto de zenso a la
casa de Francisco Manzilla y, además, en presio
de ochenta reales reales, 0.80.
Importan dichos vienes ziento ochenta y reales, 0188 17
ocho reales y dies y siete maravedís de vellón, con declarazión
que los muebles los tiene rezevidos dicho Juan
Román, como consta de papel que hiso en veinte y zinco
de mayo del año pasado, de setezientos treinta y nueve. Y
desde aora lo hase del dicho pedaso de vancal y se desiste
para siempre de su dominio, posesión y propiedad.
Y lo transfiere en la dicha su hija y su marido, en su
nombre, y le da poder bastante para que tome y aprehenda
su posesión en la forma que le paresca,
constituyéndose en el interés por su inquilino, tenedor y pre...
poseedor. = Y estando presente el dicho Juan Román,
que asimismo mismo doy fee conosco, confiesa haberse
entregado en dichos vienes. Y por estar en su poder realmente
y con efecto renunsia la ecepción de la non numerata
pecunia, leyes de la entrega, prueba del rezivo y demás que
están en esta razón, como en ellas se contiene. Cuyos vienes se
obliga a tenerlos en su poder por dote de la dicha su muger,
no obligarlos a sus deudas ni axenas para entregárselas
o a sus herederos, cada que el matrimonio se disuelba por los casos
que prebiene el derecho. Y no usará del de la retensión de lo mueble,
cuya ley renuncia. Y para que lo habrán por firme, obligó
el dicho Juan Román su persona, y ambos otorgantes sus
vienes y rentos, muebles raíses, habidos y por haber. Doy
poder cumplido a los señores jueses y justisias de su magestad
para su apremio como por sentensia pasada en cosa juzgada.
Renunsiaron las leyes de su favor y la general, en forma.
Y la dicha doña Antonia renunsió assimismo mismo los venefisios
y leyes del emperador Justiniano, autos del Veleyano,
senatus consultus, nueba y antigua constitución, leyes
de Toro, Madrid y Partida y demás de su favor, cuyos
efectos ha sido abisada por mí, el escrivano. Y assí lo
otorgaron. No firmaron, dijeron no sabían; lo hiso con testigo. Que
lo fueron presentes don Juan de Ortega, Francisco Lopes Junco y Juan
...go, vezinos de esta villa. Ante mí,
Juan Basilio Pabon
sscrivano .Juan Gonsález, testigo.
Descargar XML • Descargar texto