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CODEMA-0331

CODEMA-0331

GrupoARINTA
IdentificadorCODEMA-0331
TipologíaActas y declaraciones
ArchivoArchivo Municipal de Málaga
ReferenciaVol. 132, ff. 444r-446v
ResumenActas capitulares del cabildo municipal malagueño, sesión del 29 de agosto de 1740
Fecha1740 agosto 29
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña
ScriptorAntonio Calvo

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La Ciudad de Malaga Justicia y Reximiento de ella se juntto a Cauildo en su Sala Capittular como lo ha de uso y Constumbre en veinte, y nuebe dias del mes de Agosto, de mill Settecientos y quarenta que lo presidio Su Señoria el Señor Don, Francisco Monrroi del consexo de Su Majestad y alcalde maior de estta Ciudad Y se hallaron en el los Caualleros Rexidores los Señores Don fernando de Cardenas Don francisco de Amatt Don francisco Camargo Don Juan de ortega Don Joseph, de Amatt Receuimiento a oficio de Rexidor a Don Francisco de Pedrosa y Camargo: En estte Cauildo para que ha sido citado con cedu la antte dien a las nuebe de ella a todos los caualleros Rexidores excepto enfermos y ausentes, de que dieron fee Diego Peres y Manuel de Torres portteros de estte aiunttamiento; se vio el Despacho de Su Majestad y Señores de la Real Camara firmado por mano y refrendado de Don Francisco xauier de morales Velasco su secretario su fecha en san Ildefonso a nuebe de Agosto de estte presente año de mill settecientos y quarentta por el qual le hacerd mersed a Don, Francisco Pedrosa y Camargo de que sea Rexidor de estta Ciudad en lugar de Don Luis de Bridones y Salasar, y lo tenga y Goze por los dias de la vida de Don, Nicolas de haro y Briones, Resiuiendoles por estta Ciudad en persona el juramento con la solemnidad acostumbrada y que fecho se le diese la posesion del expresado ofisio teniendolo por tal rexidor, cuio real despacho ouedesio la Ciudad con el respeto acatamiento y venerasion a Su Majestad deuida, y en su Cumplimiento hauiendo entrado en estta Sala Capittular el dicho Don Francisco Pedrosa y Camargo y echo el juramento acostumbrado, puestas las manos sobre el misal tomo su asiento que fue el vltimo del lado derecho; y la Ciudad le dio la posesion del expresado ofisio y admitio al vso del y acordo que quedando Copia en el libro de provisiones se le debuelua el real despacho orixinal para Guarda de su derech Sitado En estte Cauildo, para que a sido sitado con zedula ante diem a todos los caualleros rexidores a las nuebe de ella excep Se uio vna peticion de Postura a la Renta de estiuadores de pasa y vasiadores de aseiteto enfermos y ausentes de que dieron fee Diego Peres y Manuel de Torres, de hauerla echo, portero de estte aiuntamiento, se vio y leio por mi el escriuano vna petision dada por Joseph, Gonzales Gallegos en la qual hasia postura a la Renta, de estibadores de pasa y vasiadores de aseite en canttidad, de diez mill Reales Vellon en contado, Y enttendida la Ciudad acordo. de no admitir la dicha postura echa por el referido Joseph Gonsales Gallegos, attento al vaxo presio en que la ponian Postura a el ramo de Cargas de pasa y almendra En estte Cauildo para que ha sido zitado con zedula antte diem a las nuebe de ella a todos los Cau<alleros Rexidores excepto enfermos y ausenttes, que de hauerla echo dieron fee Diego Peres y Manuel de torres porteros de estte aiuntamiento Se vio y leio por mi el escrivano vna petision dada por Juan de nauarrete Vezino desta Ciudad en que hasia postura al Ramo de Correduria de Cargas de pasa y almendra por el tiempo que quedaua de este presente año en presio de quinientos Reales Vellon pagados en Contado, de que enterada la Ciudad, admitio diccha postura quanto ha lugar en derech>o; y acordo que el dia miercoles treinta y uno del presente mes se Remate dicho Ramo al toque de la Campana de la orasion en quien mas venefisio hisiere Petision de apelasion en nombre de Don Antonio Pedragas En estte Cauildo se leio una petision de apelasion interpuesta por Ygnacio Bernardo del rei procurador de estte numero en nombre de Antonio pedragas Vecino de esta Ciudad, ser Cobransa de tresientos Reales Vellon de que se hauia Dado Senttensia de remate el Señor Alcalde maior en los autos executibos que estaua signado con Juan de Atane vecino asimismo de esta dicha Ciudad Quien entendida admitio quanto ha lugar dicha apelasion y acordo que los Señores Don Francisco de Robles y Don fernando de viana y Cardenas rexidores perpetuos, y Diputados sobre fieles de estte presente mes con abogado de Siensia y consiensia determinen dicho pleito como hallaren por derecho; Libransa de sobra para las luminarias de Señor San Luis obispo de Tolossa En estte Cauildo, con lisensia que pidio para ello Manuel de torres portero de esste aiuntamiento entro en la Sala Capittular; y Suplico a la Ciudad se siruiese consederle el ymporte de las luminarias que se ponen Vispera Del Señor San Luis en sus Casas Capitulares ventanas y valcones Quien enttendida, acordo se despache el referido ymportte a fauor del dicho Manuel de Torres sobre sus Rentas de propios de que tome Rason el conttador Memmorial de Don Alonso lopes sobre el Paderon echo en Guadalmedina En estte Cauildo, se vio y leio por mi el escrivano, vn memorrial dado por Don Alonso Lopes Bueno vecino de esta Ciudad, hermano maior del rrosares de la aurora maria qual desia los perxuisios que se podian orixinar al consenttir un paderon que se esttaua fabricando en Guadalmedina, tanto a la obra que se estaua hasiendo para colocar a la aura maria con la desensia correspondiente comun a los vesinos del varrio de la trinidad y concurrio pidiendo se iciese la Ciudad acordar que el cauallero obrero maior con la asistencia correspondiente reconoscan el referido Daño y que se Repase fa uor del venefisio comun Y enttendida la Ciudad acordo que el Señor Don Juan de Cotrina Diputado obrero maior por el Señor Don Tomas de Albelda con asisten sia de los alarifes publicos, y de el presente, no pase reconoser el perxuisio que se reclama y de lo que resultase de quentta a la Ciudad, para dar la prouision memorial de francisco moreno Sandobal que pedia un pedaso de sitio que esta junto a el Castillo de San lorenso En estte Cauildo se vio el memorial dado por, francisco moreno Sandobal Vesino, de estta Ciudad que maestro de esparttero en ella por el que pedia a la Ciudad, le diese un pedaso de sitio asenso que esta immediato al Casttillo de San Lorenso para en el un Coto a derecho para el vso de su ofisio, Y entterada la Ciudad, acordo no auer lugar a la pretension del exppresado, maestro de esparttero attento al corto sittio que ai por labrar en el que expresa y ser mucho el trafico de personas, coches y carretas y bestias que yncesantemente, pasan por el memorial de Bernardo de texada por el que pedia un pedaso de sitio en el lexio En este Cauildo, se vio un memorial dado por Bernardo de texada vesino, de estta Ciudad, y maestro, de Pintor en ella por el qual pedia a la Ciudad, un pedaso de sitio para labrar en el un pedaso de huertta con la qualidad de que se la diesse asenso en el lexio; Y entterada, la Ciudad, de lo pretendido acordo no hauer lugar attendo desttar el sittio que pide Desttinado para otros fines memorial de Andres de Leon Joseph Gomes y otros por el que pedían se les pagase el sala/rio de 7 meses que auian asistido en el barco de la salud En estte Cauildo se uio un memorial, dado por Andres de leon, Joseph, Gomes Juan Gallegos y Lorenso de la fuente Vesinos, de estta Ciudad, para, el qual manifesttauan auer estado en el barco de la salud de marineros siete meses de los quales se les quedaron Deuiendo De su trauaxo siete meses, y que Desde el año pasado de treinta y siette auian esttado esperando se les pagase lo que no hauia tenido efecto por lo que suplicauan a la Ciudad lo pagase; Quien enttendida acordo que esttas parttes ocurriesen a el Señor Gouernador por no ser deste cargo y no hauerse pagado esttos trauaxos Y a mas a los caudales de sus propios Con lo que se concluio estte cauildo, que firmo dicho Señor Alccalde maior, y uno de los Caualleros, Rexidores, e io el escriuano Doi fee Don Francisco Monrroi
Don Joseph Quintana
Don Antonio Calvo

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