CODEMA-0331
CODEMA-0331
Transcriptor | Diana Esteba Ramos |
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Editor 1 | Salvador Peláez Santamaría |
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Editor 2 | Pilar López Mora |
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Edición digital | Mireia Peris Vicent |
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Grupo | ARINTA |
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Identificador | CODEMA-0331 |
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Tipología | Actas y declaraciones |
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Archivo | Archivo Municipal de Málaga |
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Referencia | Vol. 132, ff. 444r-446v |
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Resumen | Actas capitulares del cabildo municipal malagueño, sesión del 29 de agosto de 1740 |
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Fecha | 1740 agosto 29 |
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Lugar | Málaga |
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Provincia | Málaga |
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País | España |
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Scriptor | Antonio Calvo |
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La Ciudad de Malaga Justicia y Reximiento de ella se
juntto a Cauildo en su Sala Capittular como lo ha
de uso y Constumbre en veinte, y nuebe dias del mes de
Agosto, de mill Settecientos y quarenta que lo presidio
Su Señoria el Señor Don, Francisco Monrroi del
consexo de Su Majestad y alcalde maior de estta Ciudad
Y se hallaron en el los Caualleros Rexidores los Señores
Don fernando de Cardenas
Don francisco de Amatt
Don francisco Camargo
Don Juan de ortega
Don Joseph, de Amatt
Receuimiento a oficio
de Rexidor a Don
Francisco de Pedrosa
y Camargo: En estte Cauildo para que ha sido citado con cedu
la antte dien a las nuebe de ella a todos los caualleros
Rexidores excepto enfermos y ausentes, de que die
ron fee Diego Peres y Manuel de Torres por
tteros de estte aiunttamiento; se vio el Despacho
de Su Majestad y Señores de la Real Camara firmado
por mano y refrendado de Don Francisco xauier de
morales Velasco su secretario su fecha en san
Ildefonso a nuebe de Agosto de estte presente año
de mill settecientos y quarentta por el qual le hacerd
mersed a Don, Francisco Pedrosa y Camargo
de que sea Rexidor de estta Ciudad en lugar de
Don Luis de Bridones y Salasar, y lo tenga
y Goze por los dias de la vida de Don, Nicolas de
haro y Briones, Resiuiendoles por estta Ciudad
en persona el juramento con la solemnidad acos
tumbrada y que fecho se le diese la posesion del
expresado ofisio teniendolo por tal rexidor, cuio
real despacho ouedesio la Ciudad con el respeto aca
tamiento y venerasion a Su Majestad deuida, y en su Cum
plimiento hauiendo entrado en estta Sala Capi
ttular el dicho Don Francisco Pedrosa y Camargo y
echo el juramento acostumbrado, puestas las manos sobre
el misal tomo su asiento que fue el vltimo del
lado derecho; y la Ciudad le dio la posesion del expresado
ofisio y admitio al vso del y acordo que quedando
Copia en el libro de provisiones se le debuelua
el real despacho orixinal para Guarda de su derech
Sitado En estte Cauildo, para que a sido sitado con zedula ante
diem a todos los caualleros rexidores a las nuebe de ella excep
Se uio vna pe
ticion de Pos
tura a la Renta de
estiuadores de pasa
y vasiadores de aseiteto enfermos y ausentes de que dieron fee Diego Pe
res y Manuel de Torres, de hauerla echo, portero
de estte aiuntamiento, se vio y leio por mi el escriuano vna
petision dada por Joseph, Gonzales Gallegos en la
qual hasia postura a la Renta, de estibadores de
pasa y vasiadores de aseite en canttidad, de diez mill
Reales Vellon en contado, Y enttendida la Ciudad acordo.
de no admitir la dicha postura echa por el referido
Joseph Gonsales Gallegos, attento al vaxo presio en
que la ponian
Postura a el ramo
de Cargas de pasa y
almendra En estte Cauildo para que ha sido zitado con zedula
antte diem a las nuebe de ella a todos los Cau<alleros Rexidores excepto enfermos y ausenttes, que de hauerla echo die
ron fee Diego Peres y Manuel de torres porteros
de estte aiuntamiento Se vio y leio por mi el escrivano vna pe
tision dada por Juan de nauarrete Vezino desta Ciudad
en que hasia postura al Ramo de Correduria de Car
gas de pasa y almendra por el tiempo que que
daua de este presente año en presio de quinientos
Reales Vellon pagados en Contado, de que entera
da la Ciudad, admitio diccha postura quanto ha lu
gar en derech>o; y acordo que el dia miercoles trein
ta y uno del presente mes se Remate dicho Ra
mo al toque de la Campana de la orasion
en quien mas venefisio hisiere
Petision de apela
sion en nombre de Don
Antonio Pedragas En estte Cauildo se leio una petision de apelasion
interpuesta por Ygnacio Bernardo del rei procurador de
estte numero en nombre de Antonio pedragas Vecino
de esta Ciudad, ser Cobransa de tresientos Reales Vellon
de que se hauia Dado Senttensia de remate el Señor
Alcalde maior en los autos executibos que estaua
signado con Juan de Atane vecino asimismo de esta
dicha Ciudad Quien entendida admitio quanto ha lugar
dicha apelasion y acordo que los Señores Don Francisco
de Robles y Don fernando de viana y Cardenas
rexidores perpetuos, y Diputados sobre fieles de
estte presente mes con abogado de Siensia y con
siensia determinen dicho pleito como halla
ren por derecho;
Libransa de sobra
para las luminarias
de Señor San Luis obis
po de Tolossa En estte Cauildo, con lisensia que pidio para ello Ma
nuel de torres portero de esste aiuntamiento entro en la
Sala Capittular; y Suplico a la Ciudad se siruiese
consederle el ymporte de las luminarias que se po
nen Vispera Del Señor San Luis en sus Casas Capitulares
ventanas y valcones Quien enttendida, acordo se despa
che el referido ymportte a fauor del dicho Manuel de Torres
sobre sus Rentas de propios de que tome Rason el con
ttador
Memmorial de Don Al
onso lopes sobre el Pa
deron echo en Gu
adalmedina En estte Cauildo, se vio y leio por mi el escrivano, vn memor
rial dado por Don Alonso Lopes Bueno vecino de esta
Ciudad, hermano maior del rrosares de la aurora maria
qual desia los perxuisios que se podian orixinar al con
senttir un paderon que se esttaua fabricando en Guadal
medina, tanto a la obra que se estaua hasiendo para colo
car a la aura maria con la desensia correspondiente comun
a los vesinos del varrio de la trinidad y concurrio pi
diendo se iciese la Ciudad acordar que el cauallero
obrero maior con la asistencia correspondiente re
conoscan el referido Daño y que se Repase fa
uor del venefisio comun Y enttendida la Ciudad
acordo que el Señor Don Juan de Cotrina Diputado obrero
maior por el Señor Don Tomas de Albelda con asisten
sia de los alarifes publicos, y de el presente, no pase reco
noser el perxuisio que se reclama y de lo que resulta
se de quentta a la Ciudad, para dar la prouision
memorial de francisco
moreno Sandobal
que pedia un pedaso
de sitio que esta junto
a el Castillo de San
lorenso En estte Cauildo se vio el memorial dado por,
francisco moreno Sandobal Vesino, de estta Ciudad que
maestro de esparttero en ella por el que pedia a la
Ciudad, le diese un pedaso de sitio asenso que esta
immediato al Casttillo de San Lorenso para en el
un Coto a derecho para el vso de su ofisio, Y en
tterada la Ciudad, acordo no auer lugar a la preten
sion del exppresado, maestro de esparttero attento al cor
to sittio que ai por labrar en el que expresa y ser
mucho el trafico de personas, coches y carretas y bes
tias que yncesantemente, pasan por el
memorial de Bernardo de te
xada por el que pedia
un pedaso de sitio
en el lexio En este Cauildo, se vio un memorial dado por Bernardo
de texada vesino, de estta Ciudad, y maestro, de Pintor en
ella por el qual pedia a la Ciudad, un pedaso de sitio
para labrar en el un pedaso de huertta con la qua
lidad de que se la diesse asenso en el lexio; Y entterada,
la Ciudad, de lo pretendido acordo no hauer lugar
attendo desttar el sittio que pide Desttinado pa
ra otros fines
memorial de Andres
de Leon Joseph Gomes
y otros por el que pedían
se les pagase el sala/rio de 7 meses que a
uian asistido en el
barco de la salud En estte Cauildo se uio un memorial, dado por An
dres de leon, Joseph, Gomes Juan Gallegos y Loren
so de la fuente Vesinos, de estta Ciudad, para, el qual
manifesttauan auer estado en el barco de la
salud de marineros siete meses de los quales
se les quedaron Deuiendo De su trauaxo siete
meses, y que Desde el año pasado de treinta y sie
tte auian esttado esperando se les pagase lo
que no hauia tenido efecto por lo que suplica
uan a la Ciudad lo pagase; Quien enttendida acor
do que esttas parttes ocurriesen a el Señor Gouernador por no
ser deste cargo y no hauerse pagado esttos trauaxos
Y a mas a los caudales de sus propios
Con lo que se concluio estte cauildo, que firmo dicho Señor Alccalde
maior, y uno de los Caualleros, Rexidores, e io el escriuano Doi fee Don Francisco Monrroi Don Joseph Quintana Don Antonio Calvo
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