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CODEMA-0318

CODEMA-0318

GrupoARINTA
IdentificadorCODEMA-0318
TipologíaActas y declaraciones
ArchivoArchivo Municipal de Málaga
ReferenciaVol. 128, ff. 246r-248r
ResumenActas capitulares del cabildo municipal malagueño, sesión del 9 de abril de 1736
Fecha1736 abril 9
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña
ScriptorAntonio Calvo

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La ciudad de Málaga, justizia y reximiento de ella, se juntó a cavildo en su sala capitular, como lo ha de uso y constumbre, en nueve díaz del mes de abril de mil setezientos treinta y seis años, que lo presidió el señor don Juan Antonio Trujillo, governador político y militar de esta ciudad, y se hallaron en él los cavalleros rexidores, los señores don Luis de Santiago y Chinchilla, don Francisco Bravo de Robles, don Diego de Andrade, don Josef Ordones, don Francisco Fernández de Arjona, don Luis de Tolosa Coalla, don Josef Ponze de León, don Francisco de Amat, don Diego Ponze de León, don Juan de Pedrosa, don Josef Bastante Pizarro, don Tomás Polanco, don Alonso Cruzado, don Francisco Fernández de Córdova, don Juan de Hortega, don Josef de Amat, don Juan Pérez de Cotrina, don Francisco Camargo, don Alonso de Tapia. Que el señor don Joseph de Amat se arregle a las ordenanzas del pósito. En este cavildo el señor don Josef de Amat, como diputado del pósito antiguo de esta ciudad, dixo que habiéndose repartido o vendido la harina de el día de ayer, ocho del corriente, se executó la venta solo por el depositario sin interbenzión del que expone, lo que haze presente a la ciudad para que no le pare perjuizio esta probidensia. Y entendida la ciudad, acordó que dicho señor se arregle en todo a lo prevenido en las ordenansas de dicho pósito. Entrada. Entraron en este cavildo los cavalleros rejidores, los señores don Fernando de Viana y Cárdenas y don Andrés de Cotrina, y tomaron los asientos correspondientes según sus antigüedades. En este cavildo para el que ha sido citado de orden del señor governador con zédula antte diem a todos los cavalleros rejidores, esepto enfermos y ausentes, de que dieron fee Diego Pérez y Salbador Ximenes, porteros de este ayuntamiento, dicho señor governador hizo presente a la ciudad cómo para el día diez y ocho del corriente se ha mandado hazer combocatoria del todo del rejimiento de milisias de esta ciudad, y que, en atenzión a que de los dozientos y sesenta soldados que a corta diferiensia tenía la ciudad reseñados, solo paresieron en el castillo de san Lorenso en la última llamada que se hizo de ellos para su reconosimiento veinte y cinco o veinte y seis, habiéndose visto muchos de los no comparesientes liados en sus capas estar a la vista de los que estavan en el castillo sin quererse manifestar, motivo por que su señoría tiene dada orden para que se pongan presos los que de estos pudieren ser habidos, y habiéndose preso seis de ellos se les ha impuesto los dos años de presidio de Orán , que por su magestad está mandado, los que se hallan ya reseñados por la Veeduría para pasar a cumplir su destierro, lo que pone en notizia de la ciudad para que enterada las más prontas probidensias a que se complete el número que le falta de soldados. Y entendida la ciudad, habiéndose tratado y conferido largamente por los cavalleros presentes, dezeando se cumpla el real serbizio, completando el número de soldados que faltan de un acuerdo y conformidad, acordaron que todos los cavalleros rexidores den notizia a la junta de cuatro útiles para soldados, la que con el señor governador mande a los ayudantes y soldados los traigan a reseñar. Y por cada uno que se reseñe se les a dichos ayudantes y ministros que lo trajeren un real de a ocho a costa de los salarios y seras de los cavalleros rejidores como está antes acordado. En este cavildo se leyó una petizion dada por don Andrés de Ávila, vezino de esta ciudad, en que se allana a cumplir y guardar las condiziones del pliego con que fue rematada en don Siriaco Gerónimo de Abendaño por cinco años la renta de correduría de lonja, parte de tierra, leyes del reino y ordenansas de esta ciudad. Esto en atenzión a la puja que tiene hecha a dicha renta por los dos años que quedavan al referido don Siriaco. Y visto por la ciudad, el señor don Luis de Tolosa llamó a cavildo para su probidensia, y la ciudad lo hubo por llamado y que a él vengan sus abogados para con su pareser proveer. Con lo cual se acavó este cavildo, que firmó dicho señor governador, uno de los cavalleros rejidores e yo, el escrivano mayor de cavildo, de que doy fee. Don Juan Antonio Trujillo.
Don Luis de Tolossa y Coalla.
Don Antonio Calvo.

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