CODEMA-0122 CODEMA-0122 Grupo ARINTA Identificador CODEMA-0122 Tipología Cartas de compraventa y contratos Archivo Archivo Histórico Provincial de Málaga Referencia Legajo 94, sin foliar Resumen Damián de Linares vende a Cristóval de Castañeda, herrero, cien arrobas de vino de nueve tinajas que tiene en la bodega de su venta, situada en el término de la ciudad de Málaga Fecha 1541 octubre 2 Lugar Málaga Provincia Málaga País España Scriptor Cristóval Arias
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Sepan quantos esta carta vieren como yo damja
de l nares vezino que soy desta çibdad de malaga o
torgo e conozco que vendo a vos xpist oval de cas
tañeda herrero vezino desta çibdad conviene a
saber çien aRobas de vino de nueve tinajas que yo
tengo en la bodega de mj venta que es termjno
desta dic ha çibdad las qua les dic has çien aRobas de
vino aveys descojer vos el dic ho xpis toval de
castañeda en las dic has nueve tinajas la
que vos qujsieredes las qua les aveys de es
cojer en esta manera el dia de pascua de
navedad primero que viene aveys de es
cojer seys tinajas de las las que vos qujsi ere
des e me aveys de dejar las tres tinaja
de vino para que yo las pueda vender
y las otras seys tina jas que dan para que vos
escojays en ellas las dic has çien aRobas
de vino el dia de caRastollendas pri
mero que verna del año venjdero de quinjento s
e quaren ta e dos años e me obligo de
no vender njngun vino de lo suso dic ho se
gun e como dic ho es sopena de vos pa
gar todo el valor del dic ho vino e
las costas e daños que sobre ello se
vos Recreçieren esto por Razon que me pa
gastes por cada vna de las dic has çien
aRobas a preçio de a setenta e dos ma ravedi s
y de los ma ravedi s que monto me otorgo
por contento a toda mj voluntad por
quanto los Reçibi de vos Realmente
e con [ eReto_efeto ] en presençja del
escr ivano publico y de esta cart a de la
doy fe que en mj presençia se hizo la dic ha
ga e para cumplir e mantener todo
lo suso dic ho obligo mj persona e bienes
muebles e Rayzes avidos e por aver y pa
la secuçion dello doy poder a las Just
para que me conpelan a ello e no por
sentençia difinitjva pasada en cosa Juzga
da en firmeça de lo qua l Renunçio qua lesquj
er leys que sean en mj favor e la ley en que diz
que general Renunçiaçion no bala en testimo njo
lo qua l otorgu e esta carta antel escr iuano publico y testigo s
yuso escritos y lo firme de mj nonbre que es fe
cha e por mj otorgada en la dic ha çibdad de malaga
a dos dias del mes de otubre de año del nasçimjento
de nuest ro salvador ihs u xpist o de mill e quin jento s y quarenta y un
año testigo s que fueron presentes jorje merino de alcorcon
e pero lopez e jua n de la hoz vezino s de malaga xpist oual arias
escr ivano pu<blico damjan de
linares
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