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CODEMA-0121

CODEMA-0121

GrupoARINTA
IdentificadorCODEMA-0121
TipologíaTestamentos e inventarios
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Málaga
ReferenciaLegajo 73, sin foliar
ResumenTestamento de Juan Gutiérrez de Linares, vecino de la ciudad de Málaga
Fecha1541 julio 7
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña
ScriptorGaspar de Villoslada

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Yn dei nomine amen sepan quantos esta carta de testamento e vltima volunt vieren como yo Juan gutierrez de ljnares vezino desta noble çibdad de mala enfermo del cuerpo e sano de la voluntad e en mj seso Juizio y entendimjento natural tal qual dios nuestro señor tubo por bien de me dar e creyendo firmemente en la santisjma trinjdad padre e hijo espiritu santo que son tres pernas e vn solo dios verdadero e en todo aquello que cree e tiene la santa madre igle como fiel xpistiano e tenjendo miedo a la muerte que a todos en esta vida es natural otorgo e conozco por esta presente carta que hago e ordeno eneste mi testamento e postrimera voluntad en la forma e manera siguiente primeramente encomjendo mj anjma a dios nuestro señor que çiosa sangre e mando que quando la voluntad de dios nuestro señor fuere de sente vida que mi cuerpo sea sepultado en la iglesia de los santos martires de en la sepoltura que allj tengo yten mando quel dicho dia de mj enterramiento se llamen el cura y benefiçiados de la dicha iglesia de los martires donde soy perrochano para que vengan aconpañando la cruz e para me llebar a la dicha iglesia e alli el cuerpo presente sy fuere ora e sy no otro dia sygujente me digan vna mjsa de Requjen cantada con su vigilia y la ofrenden de pan e vino e çera segund a mjs albaçeas paresçiere e se pague de mjs bienes yten mando quel dicho dia de mj enterramjento se llamen los hermanos y cofrades de la cofadria del santo sacramento de la dicha iglesia de que yo soy hermano para que me vengan aconpañando como son obligados yten mando quel dicho dia de mj enterramjento se tomen seys pobres que vengan con sendas achas de çera ençendidas delante mj cuerpo e les den en limosna a cada vno seys maravedis yten mando que en la dicha iglesia de los martires por los clerigos della se me hagan las onrras de los nueve dias diziendome nueve mjsas de Requien Rezadas por mj anjma e salgan con sus Responsos sobre mj sepoltura e se de çera para las dezir e se paguen de mjs bienes yten mando que en la dicha iglesia de los martires por los benefiçiados della se digan por mj anjma e de todos mjs difuntos las treze mjsas de la luz e las mjsas que se acostunbran dezir de santo amador e las paguen de mjs bienes yten mando que en la dicha iglesia de los martires por los clerigos della se digan otras diez mjsas Rezadas por el anjma de mari lopez mj muger e las paguen de mjs bienes yten mando que en el monesterio de san françisco desta çibdad por los frailes del se di vn tenario de mjsas abierto por mj anjma e de la dicha mj muger e de todos mjs difuntos e se pague demjs bienes yten digo que yo no me acuerdo dever nada a nadie pero que sy alguna psona vinjere jurando que yo le soy en algund cargo hasta en cantidad de dos Reales mando quelos paguen de mjs bienes yten mando que se cobren de Juan de franquis ginoves el que tenja los molinos de la torre y de sus bienes treze ducados e tres Reales las costas que me deve y es a cargo que le preste de que me hizo obligaçion ante luys de palomares escrivano publico la qual obligaçion tengo presentada antel y executada e hecho proçeso yten digo que yo tengo dadas en alqujle vnas casas mjas que tengo en esta bdad cabo la puerta buenaventura a cinco vezinos que moran al presente en ellas e paga cada vezino dos Reales las quales tengo dadas por meses e me pagan cada me an pagado todo lo pasado hasta en fin de junjo mando que se cobre dellos lo deste mes de Julio e lo que mas moraren yten digo queyo tengo dada a tributo a Juan muñoz vezino de malaga vna heredad de viña ques en la guadalmedina por preçio de quatroçientos maravedis de tributo cada año al Redimjr con quatro mjll maravedis y no me acuerdo ante que escrjvano paso la escriptura mando que se cobre el tributo e pagamelos en fin de cada año y me deve los quatroçientos maravedis de la navidad proxima pasada mando que se cobren estos e lo que mas deviere yten mando a todas las iglesias e monesterios e ospitales desta çibdad e sus aRabales a cada vna quatro maravedis en ljmosna e a Redençion de cabtibos xpistianos medio Real e para conplir e pagar este testamento e mandas del dexo por albaçeas a juan lopez medidor de trigo y a françisco fernandes totalan vezinos desta çibdad a los quales apodero en mis bienes e les der conplido e a cada vno ynsolidum para que entren en mjs bienes e se cunplan este mj testamento e mandas del segund que les pareçiere e para ello les encargo las conçiençias E del Remanente que quedare e fincare de todos mjs bienes derechos e abçiones despues de conplido este mj testamento dexo e nonbro e ynstituyo por mjs herederos en todos ellos a françisco de quellar e alonso gutierrez mjs hijos legitimos e de la dicha mari lopez mj muger para quellos los ayan e hereden por yguales partes tanto el vno como el otro Y por la presente Reboco e anulo e doy por njngunos e de njngund valor e efeto quales qujer testamentos y codiçilos que en qual quier manera aya hecho e otorgado hasta el dia de oy los quales qujero que no valgan salbo este mj testamento que al presente hago e otorgo el qual qujero que valga por mj testamento e vltima voluntad o en aquella mejor forma e manera que mas de derecho pueda e deba valer en testimonjo de lo qual otorgue esta carta de testamento en la forma suso dicha ante gaspar de villoslada escriuano publico y estando en su escriptorio e testigos yuso escriptos en cuyo Registro por que no se escrebir lo firmo a mj Ruego vn testigo ques fecha e otorgada en la dicha çibdad de malaga a syete dias del mes de Julio de mjll e quinjentos e quarenta e vn años a lo qual fueron presentes por testigos martjn de muxica e gaspar garçia e bartolome ortuño e Juan de galarça e françisco de logroño vezinos de malaga por testigo martjn demuxica
villoslada escriuano publico

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