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CODCAR-0520

CODCAR-0520

GrupoGEDHYTAS
IdentificadorCODCAR-0520
TipologíaTextos legislativos
ArchivoArchivo Municipal de Murcia
ReferenciaPerg. nº 47
ResumenSancho IV se dirige a los mercaderes asegurándoles sus mercaderías y perdonándoles las penas en que hubieran incurrido por la saca de cosas vedadas hasta el día de la muerte de su padre.
Fecha1284 junio 22
LugarMurcia
ProvinciaMurcia
PaísEspaña
ScriptorFerrant Pérez de Fozes

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Don Sancho, por la gracia de Dios rey de Castiella, de Toledo, de León, de Gallizia, de Sevilla, de Córdova, de Murcia, de Jaén e del Algarbe, a todos los mercaderes, tan bien a los de los mios regnos como a los de los otros, que esta mi carta vieren, salud e gracia. Sepades que, porque me fizieron entender que algunos de vós dubdávades de venir en la mi tierra e de embiar ý vuestras mercaduras, porque vos temíades que non fuéssedes embargados, vós o las vuestras cosas, por razón de que fuérades enculpados que sacárades dende cosas vedadas e que por fecho de pesquisas que fuessen o pudiessen seer fechas contra vós, como por razón de sacas e de otras cosas; por vos fazer gracia e onra, tengo por bien que seades quitos e perdonados de todas estas cosas, que vos non puedan seer demandadas en ninguna manera del tiempo passado fasta el día que el rey don Alfonso, mio padre, a quien Dios perdone, finó; e que podades venir vós o omnes por vós e todas vuestras cosas e fincar e tornar salvos e seguros; que vós non temades de seer embargados nin contrallados en ninguna guisa por esta razón, salvo por debdas o por fiadurías coñoçudas: si vós o algunos de vós las devíades o las avíades fechas, que fuéssedes tenudos de pararvos a derecho con aquellos a quien las debdas deviéssedes o las fiadurías oviéssedes fechas. E sobr'esto mando e defiendo que ninguno non sea osado de passar contra ninguna d'estas cosas nin quebrantarlas por ninguna manera, ca cualquier que lo fiziesse avría la mi ira e pechar m'ía en coto diez mill moravedís de la moneda nueva, e a los que lo recibiessen todo el daño doblado. E porque esto sea más firme e non venga en dubda, embié mandar a Ferrant Pérez de Fozes, mio vassallo, a quien yo embié al Regno de Murcia en mio servicio, que vos diesse ende esta mi carta seellada con mio seello de colgado d'aquellas cartas blancas que·l yo di e·l mandé que las diesse en aquellos lugares e en aquellas cosas que entendiesse que fuessen a mio servicio. Fecha en Murcia, veinte dos días de juño, era de mill e CCC veinte dos años. Yo, Ferrant Pérez de Fozes, la fiz escrevir e la di por mandado del rey.

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