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CDHM-0020

CDHM-0020

GrupoGLH-ULA
IdentificadorCDHM-0020
TipologíaOtros
ArchivoArchivo General del Estado Mérida
ReferenciaProtocolo Disenso, Matrimonio y Divorcio, Tomo I,
ResumenEl esclavo Juan Nepomuceno se dirige al vicario y juez eclesiástico de Mérida solicitando autorice su matrimonio con María Manuela Angulo para salvar la vida de ambos.
Fecha1783 diciembre 18
LugarMérida
ProvinciaMérida
PaísVenezuela

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Mi amo y Señor Vicario Pablo Nepomuseno Davila: Ago presente a Su merced todos mis trabajos persecusiones peligros en que he visto De la vida por lo que han tirado contra mi francisco De Angulo, y Sus hijos con los dos Señores De esta ciudad que se an se han enpeñado en faboreserlo para ynpedirnos el matrimonio que De consiensia tenemos contratado Manuela De Angulo e yo quien se halla parida De un niño y su credito perdido Si no cunplo mi palabra, que con tantos y tan yRegulares medios han pretendido los sitados ynpedirnos nuestro matrimonio, Solisitando hasta quitarme la vi la vida segun me an asegurado lo que su merced no ygnora co como tanvien el que violentamente atropelando su mandamiento y el de mi amo el Alcalde ordinario Don francisco Davila me sacaron De la carsel donde yo voluntariamente estaba presentado mas por asegurar mi persona y vida que por delito que tubiese pero no estube libre para que la noche del 25.. De Nobienbre con prisiones y con tres soldados me sacasen ocultamente y me Remitiesen para Barinas en don donde me entregaron a Don Antonio Roxo segun supe para que me llevase a derotar mas alla De Caracas o quien save que otra orden se le dava De Cuyo poder, pude con bastante dificultad haser fuga, y Restituirme a Unas montañas cerca De esta siudad en donde me mantenido oculto pasando mil nesesidades asta esta noche que he Resuelto veni donde mi amo Don Antonio Davila Como Padre De menores a que me escriba esta carta, en la que le Ruego a su merced que por Dios por la virgen, y todos los Santos del sielo me anpare y mande a nuestro cura que con todo cecreto s haga la ynformasion y nos case Supuesto que no tenemos ynpedimento ninguno para ello y que la cedula De Su magestad no ynpidide matitrimonios De esta naturalesa, ni se opone en cosa alguna al presente De ella misma costa pues con ella han querido enpeser lo que esta De Justicia y Rason. Dios Guarde la vida De su merced muchos años. Merida 1 De diciembre De 1783.. Su mas vmilde esclaVo que Su Mano Besa Pablo Nepomuseno Davila

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