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CORAPRINA-0004

CORAPRINA-0004

GrupoTESUN
IdentificadorCORAPRINA-0004
TipologíaTextos legislativos
ArchivoArchivo privado de casa Luisena (Lujena)
Referenciaxxx
ResumenParecer sobre las obligaciones derivadas del contrato matrimonial de Julián de Aldunate y María Luis de Redín y de la escritura de convenios entre Julián de Aldunate y Juan Luis de Redín
Fecha1607 s.m. s.d.
LugarRedín
ProvinciaNavarra
PaísEspaña
ScriptorLicenciado Juan de Algre

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Vistas las escrituras que me an sido mostradas, que son el contracto matrimonial de Julián de Aldunate, y María Luis de Redín, y informado que se disolbió el dicho matrimonio por muerte de María Luis con cuatro hijos de edad, el mayor de siete , o, ocho años, y vista la escritura de convenios entre el dicho Aldunate y Juan Luis de Redín su suegro, echos después de la muerte de la dicha María Luis, en beinte y nuebe de mayo de 1607. Testificada por Juan de Urroz Imenaut me parece que con la apelación del escribano en vez y nombre de los interesados ausentes, aunque los dichos Juan Luis Redín y Julian de Aldunate quieran deshazer los dichos convenios, que no podrán en perjuizio delos hijos en cuyo fabor se hizieron. Pero conforme los dichos convenios puede Julián casarse con su hijo a las casas y lugares de Redín y Iloz. Pero sí pudo el dicho Juan Luis en la donación que hizo en fabor del dicho matrimonio grabar a María Luis su hija que ubiesen de suceder en once y trece años en los bienes donados o no, tiene su dificultad después que en el contracto de los padres estaban llamados la dicha María Luis y sus hermandades y ella fue la escogida y aunque al parecer no pudo todavía por agora me parece que pues la sucesión a quedado con los dichos convenios en los hijos de la dicha María Luis y ella testó en su fabor, que no es de importancia averiguar eso. Esto siento por agora saluo el meior pareçer. Licenciado Juan de Algre.

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