CODEA-2221
CODEA-2221
Grupo | GITHE |
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Identificador | CODEA-2221 |
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Tipología | Certificaciones |
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Archivo | Archivo de Protocolos de Trujillo |
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Referencia | caja 1, folios 60v-62r |
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Resumen | Carta de dote de María Hernández en su casamiento con Juan Martín Agudo, vecino de la villa de Santa Marta de Magasca. |
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Fecha | 1624 septiembre 2 |
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Lugar | Santa Marta de Magasca |
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Provincia | Cáceres |
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País | España |
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Scriptor | Francisco de Trejo |
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Inventario de María Hernández,
mujer de Juan Martín Agudo
En la villa de Marta, en dos días del mes
de setiembre de mil y seiscientos çien tos y veinte
y cuatro años, ante mí, el escrivano público, y
testigos infraescritos hernandez
Juan Martín Agudo, vezino d'esta
villa , dixo que al tiempo y cuando se casó con
María Hernández, su mujer, presente, la susodicha
traxo en dote y casamiento para las cargas
matrimoniales ciertos bienes y
hazienda mueble , alhajas y otras cosas, que todo
uno y otro es como se sigue.
Primeramente, confesó el dicho Juan Martín
aver recibido en dote y casamiento con la dicha
María Hernández, su mujer, diez y ocho
fanegas de trigo en grano que valían
por el tiempo que las recibió a diez
reales cada fanega.
Más cincuenta y tres colmenas bivas.
Más una puerca con cinco cochinos.
Más un jumento negro que valía diez ducados.
Un cielo de cama con sus paramentos a
medio traer.
Dos colchones llenos de lana a medio traer.
Ocho sávanas d'estopa nuevas.
Una manta verde nueva.
Dos mantas de paño nuevas.
Más dos mantas de lino y lana nuevas.
Más un paño de figuras barnizado .
Más una saya nueva parda.
Más otra saya parda demediada.
Un sayuelo negro viejo y otro pardo nuevo.
Un manto y una mantilla de cobijar.
Dos almohadas labradas de seda azul.
Dos almohadas blancas de lienço.
Una almohada colorada demediada.
Una tovalla almastigada demediada.
Dos camisas blancas nuevas.
Más dos tocados nuevos.
Unos manteles romaniscos mediados.
Cuatro servilletas nuevas de gusanillo.
Más otras dos servilletas, la una nueva.
Dos varas de manteles viejos.
Un pañizuelo de narizes mediado.
Unos manteles reales nuevos.
Dos almadraquetas a medio traer.
Una manta de lino y lana vieja.
Un poyal viejo.
Más diez y seis varas de lienço.
Iten onze velas de tres en libra y una
de una libra.
Dos artesas.
Una caldera y un caldero.
Un tablero nuevo y otro viejo.
Dos sillas viejas.
Un tablerito y un rastrillo.
Una sartén y un caço.
Un asadero y una cuchara.
Tres platos de a tres reales y tres de a
veinte y cinco maravedís.
Siete tazuelas de orejas. Cinco platitos chicos.
Cuatro platos del tavarar azules y tres viejos.
Una azeitera y un peine de trenças.
Un plato grande. Dos platos chicos blancos.
Tres platos, seis escudillas, y una almofía,
y un baño amarillo.
Tres tinajas, dos cántaros, cuatro pucheros
de las Casas de Millán.
Una sartén, tres asaderos, tres candiles.
Unas llares, una pala , y un badil, y un legón.
Castraderas y cerandillas.
Seis pucheros, y una olla de un cuartillo, y
otra de medio açumbre.
Dos asados vedriados y una olla de media arrova.
Otros dos asados del Arroyo , y otra olla de açumbre
y medio, y otra tinaja de rollo.
Un vanco d'enzina.
Dos cueros de traer miel.
Un almirez. Dos candeleros.
Una jerga castellana demediada.
Diez costales demediados.
Dos cernadas nuevas y un crivo.
Dos cestos coladeros y una vanasta vieja.
Un peso de valanças y cuatro libras.
Un cestito blanco de manteles, y otro
negro, y una cesta de castaño.
Un escaño y un bufete.
Medio alhamar demediado.
Dos segurejas, la una buena.
Medio poyal y una carpeta nuevo ratonado.
Dos herradillas de corcha.
Un arcaz viejo y arca espadera.
Dos cernideras y sus varillas, y una
artesuela vieja.
Una a media, y un medio, y un cuartillo.
Una escarpia. Una Varónica.
Un corcho grande. Una manta
de paño vieja.
Unos cuerpos negros nuevos.
Tres varas d'estopa basta.
Siete libras de lana hilada.
Una libra d'estambre hilada. Un servicio.
Un serón viejo y unas aguaderas.
Todos los cuales dichos bienes de suso
declarados y inventariados confesó el dicho Juan
Martín Agudo averlos recibido en dote y
casamiento con la dicha María Hernández , su mujer,
y por no parecer de presente, renunció la
ley del aver non visto ni entregado , y
se obligó que cada y cuando que sea disuelto
el matrimonio entre él y la dicha María
Hernández sin erederos los bolverá o su valor,
para lo cual obligó su persona y bienes
avidos y por aver, dio poder a las justicias,
renunció las leyes de su favor y la jeneral,
otorgó inventario y recibo en forma
siendo testigo Francisco Martín, Juan Durán y Diego Chamorro,
vezinos d'esta villa. Y el otorgante a quien doy fee
conozco, dixo no sabe firmar; firmó por él un testigo.
Juan Durán. Ante mí, Francisco de Trejo,
escrivano.
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