CODCAR-0755
CODCAR-0755
Transcriptor | Leyre Martín Aizpuru |
---|
Editor 1 | Clara Grande López |
---|
Editor 2 | Raquel Sánchez Romo |
---|
Edición digital | Nayra Sánchez Vera |
---|
Grupo | GEDHYTAS |
---|
Identificador | CODCAR-0755 |
---|
Tipología | Textos legislativos |
---|
Archivo | Archivo Municipal de Cuenca |
---|
Referencia | xxx |
---|
Resumen | Carta de Fernando IV que confirma un privilegio de su padre Sancho IV (1285-01-20, Burgos) al concejo de Cuenca. |
---|
Fecha | 1311 noviembre 15 |
---|
Lugar | León |
---|
Provincia | León |
---|
País | España |
---|
Scriptor | Ruy Martínez |
---|
Opciones de visualización
Texto: - Mostrar:
Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.
Sepan cuantos esta carta vieren cómo yo, don Fernando, por la gracia de Dios rey de Castiella, de Toledo, de León, de Gallizia, de
Sevilla, de Córdova, de Murcia, de Jaén, del Algarbe e señor de Molina, vi una carta fecha en pargamino de cuero e
seellada con el seello del rey don Sancho, mío padre, que Dios perdone, de cera colgado, fecha en esta manera: Don Sancho,
por la gracia de Dios rey de Castiella, de Toledo, de León, de Gallizia, de Sevilla, de Córdova, de Murcia, de Jaén, del
Algarbe, al concejo de la villa de Cuenca, salut e gracia. Sepades que me fizieron entender en cómo este logar era muy
pobre e non se podría mantener a menos de la mi mercet nin de las franqueças nin de las libertades que avedes en el fuero que el
rey don Alfonso, que ganó a Cuenca e la pobló, vos dio primeramente e yo agora vos otorgué. E sobr'esto los omnes buenos
que agora me embiastes, entre todo lo ál, pidiéronme mercet que yo que vos las otorgasse e vos las confirmase las
franqueças e las libertades que en este fuero sobredicho avedes. E yo, por vos fazer bien e mercet e porque este logar
sea mejor poblado e se pueda mantener para mío servicio, tengo por bien que ayades vuestras franqueças e vuestras libertades
bien e complidamente según vuestro fuero manda. E mando que ninguno non sea ossado de ir contra ellas en ninguna
manera; si non, cualquiere que lo fiziese mando que aya la pena que en vuestro fuero dize e el alcalle e la justicia que
están ý por mí que gelo non consientan. E non fagan; ende ál si non, a ellos me tornaría por ello. Dada en Burgos,
veinte días de março, era de mill e trezientos e veinte e tres años. Ruy Díaz, sacristán de Valladolit, la
mandó fazer por mandado del rey. Yo, Fernant Domínguez, la fiz escrevir. Ruy Díaz. E agora el concejo sobredicho
embiáronme pedir por mercet que yo que les mandasse confirmar esta carta sobredicha; e yo, veíndo que me embiavan pedir
derecho, tóvelo por bien e confirmégela e mando que les vala e les sea guardada en todo, bien e complidamente, según
que en ella dize. E sobr'esto mando e defiendo firmemente que ninguno non sea ossado de irles nin de
passarles contra ella por ninguna manera; si non, cualquier o cualesquiere que contra ello les passassen por la minguar en
alguna cosa pechar me ía la pena sobredicha e demás a ellos e a cuanto oviesen me tornaría por ello. E
d'esto les mandé dar esta carta seellada con mío seello de plomo. Dada en León, XV días
de noviembre, era de mill e trezentos e cuarenta e nueve años .Yo, Ruy Martínez, la fiz escrivir por mandado del
rey. Joán Martínez.
Garcí Ferrández. Pero Domínguez .Pero Joán.
Bonduco Flores.
Descargar XML • Descargar texto