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DOLEO-0012

DOLEO-0012

GrupoHistoria15
IdentificadorDOLEO-0012
TipologíaCartas privadas
ArchivoArchivo General de Indias
ReferenciaQuito, 28, n. 44
ResumenBaltasar Dabreu escribe al rey quejándose de un agravio que le hizo el oidor don Diego de Armenteros.
Fecha1612 abril 1
LugarQuito
Provincias.pr.
PaísEcuador

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señor Hel refugio que tienen los vasallos es acudir asu rey y señor a que les an pare en espesial los que estamos tan distintos del socoro y a paro de vuestra magestad la qual distançia es causa que algunos de vuestros juezes yodores con justicia y sin enella nos quiten nuestras haziendas ynposiblitados no podamos lo corir apedir ante vuestra real persona: hesto he referido y digo rey yseñor mio natural por que vuestro oidor el dotor don diego de armenteros señor quefue desta vuestra real audiencia del quito siendo juez mayor debienes dedi funtos prouio vn auto en hel dicho juzgado apedimiento devn juez de coria persona a quien yo yotras personas hezimos çierta fianza de vna herençia de vn hermano suyo que murio abintestato quesi paresiese otro heredero le dariamos lo que le pertenesiese yestando he neste hestado ocurio la parte del dicho juez de coria al dicho vuestro oidor como tal juez mayor debienes dedifuntos ypidio le mandase en tregar su a cienda libre mente y el dicho vuestro oidor sin tener mas atinçion le mando entregar la azienda libre mente yalos fiadores les dio por libres yacabo de algunos años que paso hesto que digo vino una heredera desos reinos y nos puso de manda alos fiadores por no allar de que hechar mano el heredero a que le diesemos catorze mil pesos que le pertenesian ala dicha heredera / y avn que los fiadores alegamos en hesta vuestra real audiencia dela çiudad del quito quefue donde susedio hel cazo que estabamos dados por libres / presenta mos vna escritura que el dicho vuestro oidor mando des pachar enesta razón por la qual mando entregar toda la azienda libre mente de dicho juez de coria y a nosotros dados por libres no enbargante todo hesto nos condenaron los vuestros juezes desta real audiencia a que pagase mas ala dicha heredera la dicha cantidad: por la qual razón me tienen destruido y quitado quanto tengo por ser yo hemos abonado detodos los demás fiadores detal manera quehestoi ynposiblitado de poder o corir apedir mi justicia ante vuestra real persona ni tener con que poder sustentar sinco yjas que tengo y quatro yjos de mas deser yo un pobre honbre desetenta años: ¿como he nestas partes no ay quien se atreva a pedir justicia contra las tales personas ni tomar en boca se mejante caso mayor mente yo porser como soi vn pobre viejo sin fauor ninguno sino hes hel que de mano dedios y de vuestra magestad hespero me hestoi como tengo referido ynposiblitado de poder rremediar mi mal y como por mandado de vuestra magestad fue pro movido el dicho vuestro oidor por al cal dede corte dela vuestra real audiencia de la çiudad delos reyes se fue sin dar rezidençia para que yo le pudiera pedir hel agravio que me izo por mal juzgado y pues conforme avuestras reales leyes las tales la andedar ado an juzgado para que alli le pidan los agravios que alego: supplico avuestra magestad muy umil mente por hel amor dedios nuestro sor como menor vasallo devuestra magestad sesirua de mandar des pachar vuestra real sedula para que hel dicho vuestro hoidor don diego armenteros yenao venga a dar y de su rezidençia en cargando al que la tomare me guar de mi justicia y me aga boluer mi azienda para que con justicia sea yo en pasado por mano de vuestra magestad a quien nuestro señor nos de largos y felises anos con aumento de salud y estados y a cresenta miento de reinos como puede parecer serviçio del piru y quito a primero del mes dehabril del ano de 1612 vuestro muy vmilde vasallo que vuestras reales manos besa. Baltazar dabreu
Al rey nuestro señor en / su real mano va del / peru y de quito
Baltasar dabreu primo de abril / quejase deun agravio que le / hizo el sor don Diego dearmen/teros y pide çedula por que / de Lima a dar su/ residencia a quito

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