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CORHEN-0191

CORHEN-0191

GrupoGHEN
IdentificadorCORHEN-0191
TipologíaCartas de compraventa y contratos
ArchivoArchivo Histórico Nacional
ReferenciaClero Secular_Regular, car. 289, n. 1
ResumenEl abad don Pedro Pérez y el convento de San Salvador de Oña arriendan a don Pedro Pérez a Joanes y a María, hijos de don Yuanes, abad de San Juan de Campo, una serie de tierras en las inmediaciones de Mozares, Campo y Villanueva la Blanca
Fecha1271 febrero 3
Lugarmonasterio de San Salvador de Oña, Oña
ProvinciaBurgos
PaísEspaña

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Sepan quantos esta carta vieren. Como nos don Pedro perez por la gracia de dios abbat de Onna & nos Conuento des mismo logar arendamos auos joanes & auos Maria fijos de doyuanes abbat de canpo. el nuestro solar que auemos en moçares. con su herran que fue de Pedro royz dela uega. con el solar que fue de donna velasquita. que es çerca Sant yuanes de canpo. & con la heredat que auemos en villa nueua de ladrero. & con las otras heredades que gano uuestro padre de fijos dalgo & gano. seyendo nuestro vassallo & so nuestro sennorio. son estas. la tierra de tras casa que Domingo pereda. otra faça al canpo. otra tierra que fue de yuan yaguez. & los pedaços dos de gorron. & la vinna de Tahus que fue de Sancho nunnez. & otra tierra al gorgoio. & la uinna de tras la mata. & otra tierra alas fuentes. otra tierra ala lamera. & otra tierra a so canpo. & otra delant los corrales & dos haças en poleras. por tal pleyto uos lo arrendamos. que lo ayades uos & los que deuos vinieren por sienpre. & que nos dedes cadanno por Renda. iiij. almudes de pan lo medio trigo & lo medio ordio. al almud de medina. & medio morauedi desta moneda prieta que el Rey manda agora fazer. dela fiesta de sancta Maria mediado agosto adelant quando uos lo demandaremos. & los qui en los solares moraren. seran nuestros fieles vassallos & esto que uos arrendamos non ayades poder de uender lo nin de enpennar lo nin de meter lo so otro sennorio. si non por esso lo perdades todo. Et por que esto sea firme. nos don Pedro perez por la gracia de dios abbat de Onna & nos Conuento des mismo logar esta carta que mandamos fazer confirmamos la & mandamos la seellar con nuestros siellos. & yo joanes. & yo donna Maria. su hermana. otorgamos este pleyto asi como en esta carta es sobrescripto. & estableçemos que nin uuestros fijos nin los que deuos uinieren. nonsean poderosos de uender esto que uos arrendamos njn delo enpennar nin delo meter so otro sennorio. si non por esso lo pierdan todo. facta carta. martes. iij. dias de ffebrerro. Era mill. & ccc. & ix. annos.

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