CORAPRINA-0010
CORAPRINA-0010
Grupo | TESUN |
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Identificador | CORAPRINA-0010 |
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Tipología | Textos legislativos |
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Archivo | Archivo privado de Casa Luisena (Lujena) |
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Referencia | xxx |
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Resumen | Permiso de excepción en la milicia de Juan Martín y Juan Miguel Fernández |
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Fecha | 1807 mayo 11 |
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Lugar | Urroz |
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Provincia | Navarra |
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País | España |
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Scriptor | Nicolás Buelta |
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Su Magestad
Jacinto y Buelta Procurador del Valle de Lizoain, dice que ha
viendo tenido noticia por oficio de la Diputacion de el
Reyno, de la gracia que la Real Persona de Vuestra Magestad ha
via servido hazerle, para que se pudiese substituir en
dinero, el servicio personal entregando tres mil reales
vellon por cada hombre de los mil cuatro cientos nobenta
y ocho con que devia contribuir, combocó inmediata
mente el Diputado à los Regidores de todos los Pueblos
para comunicarles la noticia, y que biesen el modo de
afròntar los cuatrocientos y cincuenta duros que corres
pondían à los tres hombres que se havían repartido al
Valle, y despues de dar quenta à sus respectivos Pueblos
comformó elvalle mi parte en que se afròntase el di
nero contribuyendo à diez duros cada mozo de talla,
con la mitad los extos de talla, y los cortos con
dos duros tambien cada uno y el resto que se distri
buyese entre su vecindario por Pueblos sin distincion
alguna, como que en algunos no les há tocado mas
que la pequeña cantidad de tres à quatro reales à cada
vecino poco mas ó menos à su consequencia aunque
los vecinos del valle han pagado lo que les á cavido en
ese reparto, asi como la maior parte de los mozos se es
cusan à hacerlo algunos de estos, sin embargo de que
parecia regular que los primeros se hubiesen franqueado
al pago siendo entre ellos, Josef Bentura, y Mariano Uriz, Juan Josef Mateo, Thomas Mariano y Thomas Vizente Fernandez y Juan Martín Fernandez, à pretes
to de su poner ser esemptos, quando no se les pide mas
que los cinco duros que à cada uno están señalados por
el valle, y que sus Padres hàn pagado como los restan
tes vecinos, lo que les ha tocado en la Distribuccion sin
la menor resistencia, y à su imitacion no devíanpro
poner el menor reparo para dejar de hazer efectiva la
asignàcion repartida, ni tampoco algunos de los
otros mozos que se niegan à su apronto, por que
la utilidad comun que consigue el valle en ebitar el sor
teo Personal es muy notoria, y la falta de brazos le sería
muy perjudicial para atender al cultivo y administracion
de los campos, y demas labores, sin quese alcanze razon
para que por unos pocos mozos se deje de llebar à efecto
la resolucion de todo un valle; en cuyas Circunstancias
y mediante la acion que hará el Escribano de la lista que
se escribe.
A Vuestra Magestad Suplico merced espedir la
correspondiente providencia, para quese lleve ápuro y
debido efecto, el acuerdo y resolucion del Valle de Lizoain
mi parte, y que á su consequencia nadie se escuse à
contribuir con la cota que se hà repartido, pues asi pro
cede de derecho y Justicia que pido y costas; asistio el Procurador. Licenciado Echarri. Buelta:
Decreto No se escusen:
auto Probeyo y mandó lo sobre dicho, la corte en Pamplona en
ella à dos de Mayo de mil ochocientos y siete y hazer auto
amy presentes los Señores Alcaldes Castejon Morales y
Paz. Pedro de Barricarte esscribano Por traslado Pedro Barricart
te esscribano
Notificación.
à thomas
Mariano y
thomas Vicente
Fernandez En el Lugar de Redin à nueve de Mayo de mil ochoci
entos siete, yo el esscribano Real infraescrito doi fee le´y intimé y
notifiquè el decreto inserto en el precedente despacho
como tambien la narratiba de este¹ Thomas Mariano
y Thomas Vizente Fernandez de Redin soltero x natura
les de este dicho Lugar, è hijos de Juan Martin Fernandez de Redin, y Theresa Angela Aldunate su mujer para
que les conste, y cumplan lo que se les manda, y enterados
digeron que en el acto de el alistamiento de mozos que
arreglò el valle à consequencia de la real ordenanza de
reemplazo, es bien notorio acudió à el, dicho Juan Martin
Fernandez de Redin Padre de los respondientes, y de Juan
Josef Mateo su hermano, con memorial acompañado
de varios documentos solicitando se les colocase à dichos
respondientes y su mencionado Hermano, en la clase de
Nobles, è Hijos Dalgo en su virtud y de lo espuesto por
los mozos sorteables, por decreto que con consulta de ase
sor proveyó el valle y ensu representàcion su Diputa
do su data doce de Abril ultimo, se mandó colocar á los
respondientes, y dicho su hermano en la lista de hijos
dalgo, y esemptos delsorteo por Nobles, en atención à
que de los documentos producidos por dicho su Padre cons
ta su actual goze y posesion de Hidalguia, con ejercicio
de uno de los distintivos de ellos, que es eluso de Vecinda
des foranas, que reconocieron y confesáron dos Mo
zos sorteables; En cuyas circunstancias siempre que
elvalle cumpla como al parecer corresponde, en realizar
por auto formal en el libro de Alistamientos del mismo
espresando en el que à los respondientes, y el nominado
Juan Josef Matheo su hermano, les compete la esempcion
de Nobles, è hijos dalgo, con arreglo à la determinacion
prevenida, están prontos ensatisfacer las cantidades
que les corresponda, y para conserbacion desuderecho
y en caso necesario usar de los recursos que tengan
por combeniente, piden copia del despacho insentan
do la respuesta. Asi lo digeron firmaron é yo el
esscribano en fee de ello. Thomas Mariano Fernandez.
Thomas Vizente Fernandez. Notifiquè yo Nicolas
Buelta esscribano
Otra à
Juan Joseph
Matheo
Fernandez En la villa de Urroz à once de Mayo de mil ochocientos
siete, yò el dicho esscribano doi fee, hize notorio el tenor del des
pacho que bà por principios à Juan Josef Mateo Fernan
dez Soltero natural y residente en el Lugar de Redin,
para que le conste de su tenor, y cumpla con lo que se le
manda por la Real Corte de este Reyno; y enterado dijo
està pronto en pagar la cantidad que se le á repartido
siempre y quando elValle de Lizoain cumpla en rea
lizar ensu libro de alistamiento el auto competente espre
sando en el, que al respondiente y sus hermanos les com
pete la esempcion de Nobles, é hijos Dalgo, por las
causas y motivos que esponen dichos sus hermanos
en ladiligencia anterior y queseomite à lo que en ella resulta.
asi lo respondio firmò y en fee de ello yo el esscribano Juan
Josef Matheo fernandez. Notifiqué yo Nicolas Buelta
esscribano balgalo enmendado en
Por Traslado del despacho original que e notificado
a Thomas Mariano Fernández. y sus dos hermanos
Nicolàs Buelta escribano
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