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CORAPRINA-0010

CORAPRINA-0010

GrupoTESUN
IdentificadorCORAPRINA-0010
TipologíaTextos legislativos
ArchivoArchivo privado de Casa Luisena (Lujena)
Referenciaxxx
ResumenPermiso de excepción en la milicia de Juan Martín y Juan Miguel Fernández
Fecha1807 mayo 11
LugarUrroz
ProvinciaNavarra
PaísEspaña
ScriptorNicolás Buelta

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Su Magestad Jacinto y Buelta Procurador del Valle de Lizoain, dice que haviendo tenido noticia por oficio de la Diputacion de el Reyno, de la gracia que la Real Persona de Vuestra Magestad havia servido hazerle, para que se pudiese substituir en dinero, el servicio personal entregando tres mil reales vellon por cada hombre de los mil cuatro cientos nobenta y ocho con que devia contribuir, combocó inmediatamente el Diputado à los Regidores de todos los Pueblos para comunicarles la noticia, y que biesen el modo de afròntar los cuatrocientos y cincuenta duros que correspondían à los tres hombres que se havían repartido al Valle, y despues de dar quenta à sus respectivos Pueblos comformó elvalle mi parte en que se afròntase el dinero contribuyendo à diez duros cada mozo de talla, con la mitad los extos de talla, y los cortos con dos duros tambien cada uno y el resto que se distribuyese entre su vecindario por Pueblos sin distincion alguna, como que en algunos no les tocado mas que la pequeña cantidad de tres à quatro reales à cada vecino poco mas ó menos à su consequencia aunque los vecinos del valle han pagado lo que les á cavido en ese reparto, asi como la maior parte de los mozos se escusan à hacerlo algunos de estos, sin embargo de que parecia regular que los primeros se hubiesen franqueado al pago siendo entre ellos, Josef Bentura, y Mariano Uriz, Juan Josef Mateo, Thomas Mariano y Thomas Vizente Fernandez y Juan Martín Fernandez, à pretesto de su poner ser esemptos, quando no se les pide mas que los cinco duros que à cada uno están señalados por el valle, y que sus Padres hàn pagado como los restantes vecinos, lo que les ha tocado en la Distribuccion sin la menor resistencia, y à su imitacion no devíanproponer el menor reparo para dejar de hazer efectiva la asignàcion repartida, ni tampoco algunos de los otros mozos que se niegan à su apronto, por que la utilidad comun que consigue el valle en ebitar el sorteo Personal es muy notoria, y la falta de brazos le sería muy perjudicial para atender al cultivo y administracion de los campos, y demas labores, sin quese alcanze razon para que por unos pocos mozos se deje de llebar à efecto la resolucion de todo un valle; en cuyas Circunstancias y mediante la acion que hará el Escribano de la lista que se escribe. A Vuestra Magestad Suplico merced espedir la correspondiente providencia, para quese lleve ápuro y debido efecto, el acuerdo y resolucion del Valle de Lizoain mi parte, y que á su consequencia nadie se escuse à contribuir con la cota que se repartido, pues asi procede de derecho y Justicia que pido y costas; asistio el Procurador. Licenciado Echarri. Buelta: Decreto No se escusen: auto Probeyo y mandó lo sobre dicho, la corte en Pamplona en ella à dos de Mayo de mil ochocientos y siete y hazer auto amy presentes los Señores Alcaldes Castejon Morales y Paz. Pedro de Barricarte esscribano Por traslado Pedro Barricartte esscribano Notificacn. à thomas Mariano y thomas Vicente Fernandez En el Lugar de Redin à nueve de Mayo de mil ochocientos siete, yo el esscribano Real infraescrito doi fee le´y intimé y notifiquè el decreto inserto en el precedente despacho como tambien la narratiba de este¹ Thomas Mariano y Thomas Vizente Fernandez de Redin soltero x naturales de este dicho Lugar, è hijos de Juan Martin Fernandez de Redin, y Theresa Angela Aldunate su mujer para que les conste, y cumplan lo que se les manda, y enterados digeron que en el acto de el alistamiento de mozos que arreglò el valle à consequencia de la real ordenanza de reemplazo, es bien notorio acudió à el, dicho Juan Martin Fernandez de Redin Padre de los respondientes, y de Juan Josef Mateo su hermano, con memorial acompañado de varios documentos solicitando se les colocase à dichos respondientes y su mencionado Hermano, en la clase de Nobles, è Hijos Dalgo en su virtud y de lo espuesto por los mozos sorteables, por decreto que con consulta de asesor proveyó el valle y ensu representàcion su Diputado su data doce de Abril ultimo, se mandó colocar á los respondientes, y dicho su hermano en la lista de hijosdalgo, y esemptos delsorteo por Nobles, en atención à que de los documentos producidos por dicho su Padre consta su actual goze y posesion de Hidalguia, con ejercicio de uno de los distintivos de ellos, que es eluso de Vecindades foranas, que reconocieron y confesáron dos Mozos sorteables; En cuyas circunstancias siempre que elvalle cumpla como al parecer corresponde, en realizar por auto formal en el libro de Alistamientos del mismo espresando en el que à los respondientes, y el nominado Juan Josef Matheo su hermano, les compete la esempcion de Nobles, è hijos dalgo, con arreglo à la determinacion prevenida, están prontos ensatisfacer las cantidades que les corresponda, y para conserbacion desuderecho y en caso necesario usar de los recursos que tengan por combeniente, piden copia del despacho insentando la respuesta. Asi lo digeron firmaron é yo el esscribano en fee de ello. Thomas Mariano Fernandez. Thomas Vizente Fernandez. Notifiquè yo Nicolas Buelta esscribano Otra à Juan Joseph Matheo Fernandez En la villa de Urroz à once de Mayo de mil ochocientos siete, el dicho esscribano doi fee, hize notorio el tenor del despacho que por principios à Juan Josef Mateo Fernandez Soltero natural y residente en el Lugar de Redin, para que le conste de su tenor, y cumpla con lo que se le manda por la Real Corte de este Reyno; y enterado dijo està pronto en pagar la cantidad que se le á repartido siempre y quando elValle de Lizoain cumpla en realizar ensu libro de alistamiento el auto competente espresando en el, que al respondiente y sus hermanos les compete la esempcion de Nobles, é hijos Dalgo, por las causas y motivos que esponen dichos sus hermanos en ladiligencia anterior y queseomite à lo que en ella resulta. asi lo respondio firmò y en fee de ello yo el esscribano Juan Josef Matheo fernandez. Notifiqué yo Nicolas Buelta esscribano balgalo enmendado en Por Traslado del despacho original que e notificado a Thomas Mariano Fernández. y sus dos hermanos Nicolàs Buelta escribano

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