CODEMA-0343
CODEMA-0343
Grupo | ARINTA |
---|
Identificador | CODEMA-0343 |
---|
Tipología | Actas y declaraciones |
---|
Archivo | Archivo Municipal de Málaga |
---|
Referencia | Vol. 134, ff. 471r-474 |
---|
Resumen | Actas capitulares del cabildo municipal malagueño, sesión de 27 de octubre de 1744. |
---|
Fecha | 1744 octubre 27 |
---|
Lugar | Málaga |
---|
Provincia | Málaga |
---|
País | España |
---|
Scriptor | Antonio Calvo |
---|
Opciones de visualización
Texto: - Mostrar:
Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.
La ciudad de malaga Justicia, y rejimi
ento de ella se Junto a cauildo en su sala
capitular como lo ha de vso y costumbre
en veinte, y siete dias del mes de octubre
de mil setezientos quarenta y quatro años que lo precidio
el excelentisimo Señor Don Anto
nio Santander de la
Cueba Gouernador políti
co y militar de esta ciudad
Y a el asistieron los Caualleros rexidores los señores
Don Matheo de Miranda
Don Luis de tolosa Coalla
Don Fernando de Cardenas
Don fransisco Amat
Don saluador Delgado
Don Ygnacio Melgarejo
Don Luis de Santiago
Don Pedro de Mena
Don fransiscoFernandez de Cordoua
Don Juan de cotrina
Don Joseph Quintana
Don Andres de Cotrina
Don Vicente de Ayala
Don Geronimo renjel
Don fransisco Pedrosa
Don Phelipe Barrientos
Don Juan Cruzado
Don Joseph Amat
Don Luis Bastant
Don Diego Matheos
Sitado. En este cauildo para que a sido sitado con ce
dula ante diem de horden del excelentisimo Señor Don
Antonio Santander de la Cueba mayordomo
de semana de la Reyna nuestra Señora Gouerna
dor Politico, y militar de esta ciudad a todos los ca
ualleros rejidores de ella esepto enfermos
y ausentes para ver, y determinar sobre
vna certificasion dada por Don miguel
fernandes munilla en rason del salario que pre
tende el señor Don Joseph Pisarro capitular
de esta ciudad, y recidente en la villa de madrid
que de hauer hecho dicha sitacion dieron fee ma
nuel de torres, y Antonio Rosales porteros de
este ayuntamiento, yo el escriuano volui a leer
a la Ciudad la Certificasion dada por Don mi
guel fernandes munilla secretario de Su Magestad
y su escriuano de camaramas antiguo, y de
Gouierno del real consejo de castilla su fecha
en madrid a siete de septiembre pasado de
este año de que se halla presentada, y hecha
Relacionen el cauildo que esta ciudad cele
bro el dia dies, y nueue de este dicho mes, la ciudad
entendida Acordo nombrar, y nombro a el
señor Don Joseph Pisarro, y estaua su capitu
lar en calidad de diputado en la corte, y villa de
madrid con mill ducados de salario a el
año, y le otorgo su especial poder para que
como tal, y representandola, siga los pleytos
que esta Ciudad tiene, y de ellos se ymbia ins
truccion Como son el pleito que esta ciudad tiene
pendiente de quentas con la Junta de fuente del Rey
el pleito con el marques de Comares sobre el ti
tulo de Alcalde prouincial: el pleyto sobre
la deposicion de escriuano de cauildo a Don
Juan de Rute: el pleyto sobre la restitucion
del Aruitrio del fuente del rey: el expedien
te sobre la fundacion del hospital de proui
dencia, y consecion de aruitrio: el de cientos
con el recaudador de millones: el del rastro
con el dicho: el del verdeo de Pasqua de resurec
cion con el dicho el pleito que esta ciudad sigue
En el Real consejo de Hacienda en defensa
de su diputado Don luis de tolosa Coalla con
tra dicho recaudador de rentas prouinciales:
el de Derechos de Aduana de tierra que sigue
esta dicha ciudad contra Dicho recaudador:
el del Aforo de derechos de cargas de Aseyte
con el dicho: el de labradores del prado, y fres
neda sobre esterilidad que pretenden: el del
pago de las conposiciones de tierras ante el
señor don Joseph Ventura Guell: el de la yns
tancia en el real y supremo consejo de cas
tilla sobre el derecho del quinto, y millon de
la nieue: el del Recurso a la camara sobre
la feria, y mercado franco: el pleyto so
bre las corredurias de lonja parte de tierra:
el expediente ante Su Magestad en que pretende
esta ciudad se le conzedalizenziasobre que en los Na
bios de la Nauegacion de de las yndias; los qua
les los siga, y prosiga hasta su finalisacion
con facultad de que en todos y cada vno de
ellos pueda presentar pedimentos requerimientos
memoriales protestas, demandas, querellas,
Juramentos, pidiendo ejecuciones embar
gos, desembargos Ventas, tranzes, y remates de
vienes de que tome posecion, y amparo con
lansamiento de sus poseedores ganando rea
les despachos letras, y Bullas apostolicas, y
pontificias, y de su magestad, y señores de
sus reales consejos, los que presente y haga
requerir con ellos a las personas con quien ha
blaren, y a quien fueren dirijidos, y finalmen
te para que haga todas quantas diligencias
Judiciales, y extrajudiciales comuengana el dercho,
y beneficio de esta ciudad con libre franca, y ge
neral administracion facultad de enjuiciar
Jurar, y sobstituir, y con releuacion en forma
y generalmente le otorgan este poder para
todos los pleytos causas, y negocios que en
adelante tuviere asi demandando como defen
diendo. y que se le remita testimonio de este
poder, y nombramiento para que lo presen
te ante Su magestad, y Señores de su real y
supremo consejo de castilla, y obtenga la
real aprouacion correspondiente, y de ello
remita a esta ciudad testimonio para su ynte
lijencia, representando la necesidad, y vrjen
cias de dichos pleitos, y lo ymportante que es
su seguimiento al bien comun, y hase nese
sario el dicho nombramiento tanto por el
mucho numero de ellos como por la retarda
cion en que estan, y que su finalisacion es vtil
a el comun de esta ciudad quien se halla bien
seruida, y con entera satisfacion del proce
dimiento de dicho cavallero diputado para
que en esta atención Su Magestad se digne de apro
uarlo, y asi mismo se remitan a dicho real y
supremo consejo de castilla los poderes expe
ciales que, anteriormente se han otorgado
por esta ciudad, y se manda por dicho real de
creto para que en su vista se tome la proui
dencia que fuere del real agrado
La ciudad dijo que en atención a constarle ha
uer suplido el señor Don Joseph Pizarro
la Costa y Gasto que han tenido, y tienen
las dependiencias que estan a su cuidado
de que han ynformado el señor don sal
uador Delgado procurador general y el
señor don fransisco fernandez de cordoua que man
tienen la correspondencia, manifestan
do el que si la ciudad tubiere a bien po
dia hacerle vn libramiento por quenta
de ello, y para ejecutarlo la ciudad con mas
conocimiento Acordo que se preuenga
a dicho señor Don Joseph Pisarro remita
la relacion de gastos hechos para en su
vista darla prouidencia correspondiente
entradas, En este cauildo entro el señor Don Juan
de ortega, y Zerda y tomo su aciento
La ciudad dijo que a su ajente que tiene
en dicha villa y corte de madrid se
mantenga su sueldo, y ejersicio
de su encargo deuajo de la disposi
cion, y direccion de dicho señor Don
Joseph Pisarro lo que se participa
a uno, y otro para que les conste
En este cauildo para que a sido sitado con sedula
ante diem de horden del excelentisimo señor Gouernador
a todos los caualleros rejidores esepto enfermos y
ausentes para determinar en rason de lo que quedo
llamado en el cauildo antesedente en horden a la
formacion de Junta de salud; Que de hauer hecho
dicha sitacion dieron fee dichos porteros, y hauien
dose pasado a tratar por la ciudad sobre este par
ticular el señor Gouernador dijo no hauia manda
do sitar para este asunto, y se leuanto su excelencia
Con lo qual se concluio este cauildo que firmo dicho
excelentisimo señor Gouernador, vno de los caualleros reji
dores presentes e yo el escriuano de que doy fee. Santander Don Joseph de Quintana
Lasso de la vega Don Antonio Calvo
Descargar XML • Descargar texto