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CODEMA-0342

CODEMA-0342

GrupoARINTA
IdentificadorCODEMA-0342
TipologíaActas y declaraciones
ArchivoArchivo Municipal de Málaga
ReferenciaVol. 134, ff.434v-437r
ResumenActas capitulares del cabildo municipal malagueño, sesión ded 2 de octubre de 1744. Noticia de don Luis de Tolosa, juzgado por no haber asistido a muchos cabildos; nombramiento de un diputado para asistir a un juicio a Granada; pedimento de renta a estibadores de pasas y vaciadores de aceite; estudio de un privilegio a los maestros de la seda; noticia de don Salvador Delgado sobre una certificación sobre el quinto y millón de nieve.
Fecha1744 octubre 2
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña
ScriptorAntonio Calvo

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La Ciudad de malaga Justicia y rejimiento de ella se Junto a cauildo en su sala Capitular como lo ha de vso, y costumbre en dos dias del mes de octubre de mil setecientos quarenta yquatro años que lo precidio el señor lizenziado Don Vicente Antonio de Burgos Rendon alcalde maior Y a el asistieron los Caualleros rexidores los señores Don fernando de cardenas Don Luis de tolosa Coalla Don Luis de Santiago Don fransisco Amat Don fransisco Camargo Don Ygnacio Melgarejo Don Joseph Quintana Don Juan de ortega y Serda Don vicente de Ayala Don Geronimo Renjel Don Diego Ponce de león Don lasaro Torrijos Don fransisco Pedrosa Don Diego matheos Noticia del señor Don luis de tolosa En este cauildo el señor Don luis de tolosa dijo que aunque no hauia asistido en muchos Cauildos se hauia Jusgado hera por tener ynpedimento para ello por la causa que en el Jusgado de rentas se auia seguido, y no hauia sido este el motivo para no hauer asistido a los Cauildos, y para que la Ciudad lo acredite hiso manifestacion de vna copia del real despacho de su magestad y señores de su real y supremo consejo de hacienda, que gano y tiene cumplido el excelentisimo señor Gouernador de esta plasa, en que se le daría por libre la precion y carseleria que tenia de esta ciudad y sus arabales, y no tenia embaraso para asistir a los Cauildos que se celebraran y suplico a la ciudad lo mandase leer y cunplir en la parte que le tocara. Y enterada la ciudadlo mando leer, y con efecto por mi el escriuano se leyo de berbo ad berbum quien quedo entendida de su contenido Entradas Entro en este Cauildo el señor Don mateo de Miranda, y tomo su asiento Sitado En este Cauildo para que a cido sitado con cedula ante diem de horden del excelentisimo señor Gouernador a todos los caualleros rejidores esepto enfermos, y ausentes para determinar sobre el llamamiento hecho por el señor Don Visente de Ayala, en el que celebro el dia veinte, y cinco de septiembre en rason de nombrar cauallero diputado que pase a la Ciudad de Granada a hallarse presente a la vista del pleito devarela. que de hauer hecho dicha sitacion dieron fee manuel de torres, y Antonio Rosales porteros de este ayuntamiento hauiendo conferido sobre dicho nombramiento Acordo se suspenda por aora el nombramiento del cauallero diputado que pase a hallarse presente a la vista de los autos que esta ciudad sigue en la real chancilleria de Granada contra Don Juan varela, y que se encargue a el ajente que esta ciudad tiene en dicha real chancilleria este a la vista de dicho pleito, y de sus resultas de quenta a el cauallero procurador general a quien se le encargue participe a esta ciudad lo que resultare, y se le escriuiere por dicho ajente para que en vista de ello la ciudad deliuere lo que sea combeniente Entradas Entraron en este Cauildo los señores Don Saluador Joseph Delgado. Don Joseph Ponce de leon y Don Andres Cotrina y tomaron sus asientos sitados En este Cauildo para que asi mismo a cido sitado con cedula ante diem de horden de dicho excelentisimo señor Gouernador a todos los caualleros rejidores esepto enfermos y ausentes para que la Ciudad resuelua a un pedimento dado por Joseph de Vaca a la renta de estiuadores de pasa y vaciadores de Aseyte. que de hauer hecho dicha sitacion dieron fee los porteros yo el escriuano hise notorio a la ciudad la peticion dada por Joseph de Vaca en que ofrece dies y siete mil y quinientos reales por la renta de estiuadores de pasa y vaciadores de aseyte por el tiempo de vn año pagados en contado. y asimismo hise notorio vn auto proueydo a su continuacion por el señor alcalde maior de que enterada la ciudad Acordo se lleue a deuido efecto dicho auto, y en su consequencia que se paguen las libransas de niñas Huerfanas se reyntegre a la persona en que dicha renta fue rematada de segundo y vltimo remate de lo que constare hauer suplido, y se pague la libransa de los quinientos reales de la fiesta de san Dionicio Areopajita: los docientos reales que estan librados a Don Blas de Arguelles los dosientos, y mas reales a el excelentisimo señor Gouernador la libransa del costo de Abrill la puerta en el juego de Pelota se pague asimismo lo que se restare del costo de la limpia que se esta haciendo de los arcos desde el de Señora Santa Ana hasta el vltimo de la carreteria, y la de la Cañeria. y lo restante se aplique al pago de los restos que se estan deuiendo del consumo del papel sellado de los años de mill Setecientos quarenta y dos y setecientos quarenta, y tres Sitado; Para ver vn prebilejio de los maestros del arte de la seda y se llamo a Cauildo En este Cauildo para que a cido sitado con sedula ante diem de horden de dicho excelentisimo señor Gouernador a todos los caualleros rejidores esepto enfermos y ausentes para que la ciudad determine sobre vn traslado dado por el cauallero procurador general de dicho priuilejio presentado por los maestros del arte de la Zeda a los que eseptua del reparmiento de paja. que de hauer hecho dicha sitacion dieron fee los porteros. En cuio estado el señor don fransisco Camargo llamo a cauildo, y la Ciudad lo vbo por llamado. y que se traiga el despacho sobre el repartimiento que se esta haciendo de paja Noticia del señor Don Saluador delgado. quese llamo a Cauildo En este Cauildo el señor Don Saluador delgado. dijo que en cumplimiento de lo que la Ciudad Acordo. hauia pasado con la certificacion sobre el quinto, y millon de nieue hauer a el Abogado de esta ciudad quien enterado de ella le hauia respondido que no tenia la ciudad otro derecho que hera el que sin perjuicio de sus derechos se liquidare la quenta. segun y como se mandaua. por los autos de vista y rebista que Constauan en dicha Certificasion. lo que hacia presente a la Ciudad para que en su, yntelijencia diera la prouidencia combeniente y el señor Don fransisco Camargo llamo a cauildo, y la Ciudad lo vbo por llamado con lo que se concluio este Cauildo que firmo dicho señor Alcalde maior vno de los Caualleros rejidores presentes e yo el escriuano maior de Cauildo de que doy fee. Burgos
Joseph de Quintana Cano de la Vega
Don Antonio Caluo

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