CODEMA-0329
CODEMA-0329
Grupo | ARINTA |
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Identificador | CODEMA-0329 |
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Tipología | Actas y declaraciones |
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Archivo | Archivo Municipal de Málaga |
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Referencia | Vol. 132, ff. 174r-176r |
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Resumen | Actas capitulares del cabildo municipal malagueño, sesión del 10 de marzo de 1740 |
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Fecha | 1740 marzo 10 |
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Lugar | Málaga |
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Provincia | Málaga |
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País | España |
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Scriptor | Antonio Calvo |
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La Ziudad de Malaga Justicia y Reximiento
de ella se Junto a Cauildo en su Sala Capitular
Como lo a de uso y Costumbre en dies dias de el mes
de Marzo de mill sietecientos y quarenta años que lo presidio
el Señor Lizenciado Don Francisco de Monrroy Abogado
de los reales concejos y Alcalde maior de esta ciudad
Y se hallaron en el los Caualleros Rexidores los señores
Don Martin Bastante
Don Thomas Polanco
Don Joseph de Quintana
Don Matheo Caruaxal
Don Joseph de Amat
Don Geronimo Rengel
vista del Señor Gouernador
para tomar vn sitio
para fabricar vna co
chera En este Cauildo el Señor Don Joseph Quintana
dio noticia a la Ciudad de como el excelentismio Go
vernador de ella que de presente posa en las Casas de
señor Conde de Puerto Llano a resuelto mudarse
a la Calle de Granada a las Cassas propias de los
Señores Ventumilla de Coprani que a el presente por es
ta Excelentisima Señora Marquesa de Villadarias y aun
que no son tan grandes como las que dicho señor Governador
hauita; por estar mas Cerca y a mas Vene
ficio de los Vesinos que ocurren por prouiden
cias a Su Escelencia y Expecialmente los Caualleros Rexidores
de esta Ciudad y que no teniendo la expresada
Cassa Cocheras ni cercanas a ellas enfrente
en la Plasuela que llaman del Peso del Carbon
tienen los proprios de esta ciudad vn solar que a
el presente esta invtil y de ningun vso por lo
que le parecia que para esta Ciudad se ofreciese a Su
Excelencia para en el mandase labrar Cochera; La Ciudad
entendida acordo se le de a diccho Señor Excelentisimo el expresa
do solar para que de el pueda disponer para
dicho efecto y que el expresado Señor Don Joseph
Quintana pase esta noticia a Su Excelencia y le ase
gure los buenos deseos de esta Ciudad en obsequi
arle en quanto sea de su agrado
Respuesta de
Juan del cerro
Postor del Acuerdo / de abasto del JauonEn este Cauildo se leio la respuesta que dio Ju
an del Cerro Vesino de Lucena a el acuer
do de esta Ciudad sobre el Allanamiento que que
ria hisiese en quanto a la Postura echa por el suso dicho
A el abasto del Jauon duro y blando en que expo
nia que se obligaua a dar el abasto de vno y otro
no pudiendosele apremiar a el del duro si por al
gun Casso faltase este pues se auia de suplir su
falta con la del Blando y Visto que por dicha respues
ta no allanaua esta condicion, y solo si por ella o
frecia dar mill arrobas de Jauon de Piedra que tenia fa
bricadas en sus cassas a el precio de los trese quartos que
tenia puestos; De que echa cargo la Ciudad atendiendo
al adelantado del tiempo y a lo presiso que
el Jauon para el Seruicio Comun acordo que el
blando se pregone a el precio de los nuebe quartos cada
libra y se remate el Sauado dose del Corriente al to
que de la campana de la oracion en quien mas veneficio
hisiese; y de admitir y admitio quanto a lugar en derecho las vn
mill arrobas de Jauon de Piedra que se allana a dar el dicho
Juan del Cerro a el precio de los dichos Trese quar
tos obligandose a satisfaccion de los Caualleros Diputados de Pro
pios sin que pueda embarasar del veneficio
municipal qualesquiera mejora de el expresado Ja
uon de Piedra
En este Cauildo se Leio vna Peticion de Apela
La Apelasion de
Don Manuel Benites
admitidacion interpuesta por Francisco Laualsa y Medma
procurador de este numero en nombbre de Don Manuel
Benites de la sentencia dada en los autos segundos por su
parte contra Don Francisco Vergara Rexidor Perpetuo
de esta ciudad sobre Conbransa de los redictos de vn
senso del patronato de Don Andres de Roque
es administraddor el dicho Don Manuel Con vn testimonio
dado por Geronimo de Montes Villalta escriuano de este
numero por donde se Justificaua lo suso dicho: Y enterada
la Ciudad admitio dicha apelasion quanto a lugar en derecho
y acordo de nombrar y nombro por Jueces Consis
toriales a los Señores Don Joseph de Quintana y Don Joseph
de Amat sus capitulares y diputados sobre fieles de
este presente mes para que con Abogado de Ciencia y con
ciencia determinen dichos autos como allaren
por derecho.
Con lo qual se concluio este Cauildo que firmo
dicho señor Alcalde Maior vno de los Caualleros Rexidores e yo
el escriuano doy fee Don Francisco Monrroy Don Joseph de Quintana
Lasso de la Vega Don Antonio Calvo
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