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CODEMA-0301

CODEMA-0301

GrupoARINTA
IdentificadorCODEMA-0301
TipologíaActas y declaraciones
ArchivoArchivo Municipal de Málaga
ReferenciaVol. 124, ff. 391v-393v
ResumenActas capitulares del cabildo municipal malagueño, sesión del 30 de abril de 1731
Fecha1731 abril 30
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña
ScriptorJosef Antonio Torrixos

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La ciudad de Malaga Justicia y rejimiento de ella se junto a Cavildo en su Sala Capitular por la tarde Lunes treinta de Abril de mil settezientos treinta y uno, que lo presidio el señor Don Geronimo de Solis y Gante Gouernador Politico y militar desta ciudad Y en que asistieron los cavalleros Rexidores los señores Don Joseph Ponze de Leon don Francisco Brabo de robles Don Diego Ponze de Leon Don Juan de Pedrosa Don Joseph Bastant Pizarro Receuimiento de Alcalde maior del señor don Manuel Licardo de Ribera El señor Governador Dijo mando que los Porteros sitazen a este Cauildo a todos los Caualleros Rejidores para que enel se vea el nombramiento que tiene hecho de Alcalde maior deesta Ciudad enel señor Don Manuel Licardo de Riuera Abogado delos reales Conzejos; y para que eneste Cauildo serreciba dicho señor mando se lea y leyo el dicho Nombramiento quees como se sigue Nombramiento En la ciudad de Malaga en Veinte y ocho dias del mes de Abril de mil setezientos treinta y vn años el señor Don Geronimo de Solis y Gante Comendador de Bexix Castel de Castelz en la orden de Calatraua Mariscal de Campo de los reales exersitos de Su Magestad Gentil hombre con entrada de su Real Camara Governador politico y militar y superintendente de todas Reales Rentas deesta Ciudad su Partido y Thesoreria; por ante mi el escriuano publico y testigos ynfraescriptos Dijo que por quanto Su Magestad (Dios le guarde) asido seruido de conferir plaza de oidor en real Audiencia de Asturias al señor Lizenciado Don Joseph dela Torre y Escobedo Alcalde maior deesta Ciudad quien hasta de presente aestado, y esta ejersiendo este empleo desde que su sseñoria Vino aeste Govierno; y serle presiso pasar aseruir su plasa en fuerza delas ordenes con quese halla y al mismo tiempo nombrar Alcalde maior que le subtituya, de la siencia e ynteligencia que se rrequiere para ejerser dicho empleo concurriendo, estas Circunstancias, y demas buenas partes que se nesesitan enel señor Lizenciado Don Manuel Licardo de riuera Abogado de los Reales conzejos Alcalde maior actual, de la Ciudad de Guadix desde luego vsando dela facultad que para estos casos le esta concedida a su sseñoria por Su Magestad en la mejor forma que haia lugar en derecho Nombraua y nombro a dicho señor don Manuel Licardo de riuera por Alcalde maior de esta dicha Ciudad, su Jurisdiszion y partido para que pueda usar vse y exersa la Jurisdiscion ordinaria, y conoser de todas Causas Ziuiles y Criminales en la forma que esta dispuesto, por derecho, y lo han vsado, y ejersido los demas sus antesesores, y pueda lleuar y lleue todos los Derechos y emolumentos, y salarios que como tal Alcalde mayor le tocaren, y pertensieren durante el tiempo de dicho empleo; y dicho s Gouernador pide y suplica, a Su Magestad y señores de su real y supremo Consejo de Castilla Le manden Admitir este nombramiento y receuir el Juramento en la forma, acostumbrada, a dicho señor don Manuel Licardo de riuera y que pagado el Derecho de la media Anata se le despache el titulo, y Despachos nesesarios para el ejersicio de dicho empleo de Alcalde mayor de esta dicha Ciudad, en cuio nombramiento declara su sseñoria no ha ynteruenido engaño ni otro bicio alguno; y tambien que lo ha executado y executa libre y graciosamente, y de su expontanea boluntad, y en persona, digna, y Venemerita, y en cuio testimonio assi lo dijo otorgo y firmo su sseñoria dicho señor Governador siendo presentes, y testigos don Francisco Ruz sevallos don Antonio Thomas Gonzalez; y Nicolas Lopez del salto Uezinos de esta Ciudad de Malaga en que yo el esscriuano doi fee y de que conosco al dicho señor Governador= don Geronimo de Solis y Gante= francisco til esscriuano publico= concuerda con su original a que me rremito; que queda en mi rejistro de escrituras de este año; y de pedimento de dicho señor don Manuel Licardo de riuera doy el presente en Malaga en veinte y nueue dias del mes de Abril de mil Settezientos treinta y vno= y en fee de ello Lo signe y firme= en testimonio de Uerdad francisco til= Y Visto, y entendido por la ciudad, acordo entrasen en este Cauildo el dicho señor Lizenciado don Manuel Licardo de riuera y hauiendolo hecho, y el Juramento acostumbrado esta Ciudad lo rreciuio al vso, y ejersisio de dicho empleo; y le dio la posecion y Uara, y se sento en el Lado Yzquerdo del Señor Governador, que le corresponde; Y por mi el Ynfraescripto Secretario de Su Magestad y esscriuano mayor de Cauildo, en Uirtud de lo que tiene acordado esta Ciudad Requeri a dicho señor don Manuel Ricardo de riuera diese fiansas para su rrecidencia como se manda Por las Leyes, y Por diferentes Probiziones con que esta Ciudad se halla, y entendido por dicho señor Dijo estaua promptto a dar dichas fianzas en el termino de treinta dias segun se previene por dichas Leyes Y proviciones Diputados del mes de Mayo La Ciudad nombro por diputados sobrefieles de este presente mes de Mayo a los señores don Joseph Ponce de Leon, y don Juan Pasqual de Pedrosa, Rejidores perpetuos de esta Ciudad, a quienes se les hiso sauer cumplan con su diputazion y dichos señores lo ofresieron assi= Con lo qual Se acabo este Cauildo de que Certifico Y lo firmaron= don Joseph Bernardo Pizarro
don Joseph Anttonio Torrixos

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