CODEMA-0301
CODEMA-0301
Grupo | ARINTA |
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Identificador | CODEMA-0301 |
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Tipología | Actas y declaraciones |
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Archivo | Archivo Municipal de Málaga |
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Referencia | Vol. 124, ff. 391v-393v |
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Resumen | Actas capitulares del cabildo municipal malagueño, sesión del 30 de abril de 1731 |
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Fecha | 1731 abril 30 |
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Lugar | Málaga |
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Provincia | Málaga |
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País | España |
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Scriptor | Josef Antonio Torrixos |
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La ciudad de Malaga Justicia y rejimiento
de ella se junto a Cavildo en su Sala Capitular
por la tarde Lunes treinta de Abril de mil
settezientos treinta y uno, que lo presidio el señor Don Geronimo de Solis y Gante
Gouernador Politico y militar desta ciudad
Y en que asistieron los cavalleros Rexidores los señores
Don Joseph Ponze de Leon
don Francisco Brabo de robles
Don Diego Ponze de Leon
Don Juan de Pedrosa
Don Joseph Bastant Pizarro
Receuimiento de
Alcalde maior
del señor don Manuel
Licardo de Ri
bera El señor Governador Dijo mando que los
Porteros sitazen a este Cauildo a todos los
Caualleros Rejidores para que enel se vea el
nombramiento que tiene hecho de Alcalde maior
deesta Ciudad enel señor Don Manuel Licardo de
Riuera Abogado delos reales Conzejos; y para que
eneste Cauildo serreciba dicho señor mando se
lea y leyo el dicho Nombramiento quees como
se sigue
Nombramiento En la ciudad de Malaga en Veinte y ocho dias
del mes de Abril de mil setezientos treinta y
vn años el señor Don Geronimo de Solis y Gante Comenda
dor de Bexix Castel de Castelz en la orden
de Calatraua Mariscal de Campo de los reales exer
sitos de Su Magestad Gentil hombre con entrada de
su Real Camara Governador politico y militar y su
perintendente de todas Reales Rentas deesta
Ciudad su Partido y Thesoreria; por ante mi
el escriuano publico y testigos ynfraescriptos Dijo que
por quanto Su Magestad (Dios le guarde) asido seruido de
conferir plaza de oidor en real Audiencia de
Asturias al señor Lizenciado Don Joseph dela Torre y Escobedo
Alcalde maior deesta Ciudad quien hasta de presente
aestado, y esta ejersiendo este empleo desde que su
sseñoria Vino aeste Govierno; y serle presiso pasar aseruir
su plasa en fuerza delas ordenes con quese halla
y al mismo tiempo nombrar Alcalde maior que
le subtituya, de la siencia e ynteligencia que se
rrequiere para ejerser dicho empleo concurrien
do, estas Circunstancias, y demas buenas partes
que se nesesitan enel señor Lizenciado Don Manuel Licardo
de riuera Abogado de los Reales conzejos Alcalde maior actu
al, de la Ciudad de Guadix desde luego vsando dela fa
cultad que para estos casos le esta concedida a su sseñoria
por Su Magestad en la mejor forma que haia lugar en derecho
Nombraua y nombro a dicho señor don Manuel Licardo de
riuera por Alcalde maior de esta dicha Ciudad, su Jurisdis
zion y partido para que pueda usar vse y exersa la
Jurisdiscion ordinaria, y conoser de todas Causas
Ziuiles y Criminales en la forma que esta dis
puesto, por derecho, y lo han vsado, y ejersido los
demas sus antesesores, y pueda lleuar y lleue
todos los Derechos y emolumentos, y salarios
que como tal Alcalde mayor le tocaren, y perten
sieren durante el tiempo de dicho empleo; y dicho s
Gouernador pide y suplica, a Su Magestad y señores de su real y su
premo Consejo de Castilla Le manden Admitir este
nombramiento y receuir el Juramento en la forma, acos
tumbrada, a dicho señor don Manuel Licardo de riuera
y que pagado el Derecho de la media Anata se le des
pache el titulo, y Despachos nesesarios para el ejer
sicio de dicho empleo de Alcalde mayor de esta dicha
Ciudad, en cuio nombramiento declara su sseñoria no ha
ynteruenido engaño ni otro bicio alguno; y tam
bien que lo ha executado y executa libre y gra
ciosamente, y de su expontanea boluntad, y en perso
na, digna, y Venemerita, y en cuio testimonio
assi lo dijo otorgo y firmo su sseñoria dicho señor Governador siendo
presentes, y testigos don Francisco Ruz sevallos don Antonio
Thomas Gonzalez; y Nicolas Lopez del salto Uezinos
de esta Ciudad de Malaga en que yo el esscriuano doi fee
y de que conosco al dicho señor Governador= don Geronimo de Solis y
Gante= francisco til esscriuano publico= concuerda con su original
a que me rremito; que queda en mi rejistro de escri
turas de este año; y de pedimento de dicho señor don Manuel
Licardo de riuera doy el presente en Malaga en
veinte y nueue dias del mes de Abril de mil Settezientos
treinta y vno= y en fee de ello Lo signe y firme= en
testimonio de Uerdad francisco til= Y Visto, y
entendido por la ciudad, acordo entrasen en este
Cauildo el dicho señor Lizenciado don Manuel Licardo de riuera
y hauiendolo hecho, y el Juramento acostumbrado esta
Ciudad lo rreciuio al vso, y ejersisio de dicho empleo; y le
dio la posecion y Uara, y se sento en el Lado Yzquerdo
del Señor Governador, que le corresponde; Y por mi el Yn
fraescripto Secretario de Su Magestad y esscriuano mayor
de Cauildo, en Uirtud de lo que tiene acordado esta
Ciudad Requeri a dicho señor don Manuel Ricardo de riuera
diese fiansas para su rrecidencia como se manda
Por las Leyes, y Por diferentes Probiziones con que
esta Ciudad se halla, y entendido por dicho señor Dijo
estaua promptto a dar dichas fianzas en el termino
de treinta dias segun se previene por dichas Leyes
Y proviciones
Diputados
del mes de Mayo La Ciudad nombro por diputados sobrefieles
de este presente mes de Mayo a los señores don Joseph Ponce
de Leon, y don Juan Pasqual de Pedrosa, Rejidores
perpetuos de esta Ciudad, a quienes se les hiso sauer
cumplan con su diputazion y dichos señores lo ofresieron
assi= Con lo qual Se acabo este Cauildo de que
Certifico Y lo firmaron= don Joseph Bernardo
Pizarro don Joseph Anttonio Torrixos
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