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CODEA-2382

CODEA-2382

GrupoGITHE
IdentificadorCODEA-2382
TipologíaActas y declaraciones
ArchivoArchivo Histórico Nacional
ReferenciaUniversidades, 668, expediente 19, ff. 1r-2r
ResumenGenealogía del alumno del Real Seminario de Nobles de Madrid Diego Guillermo O'Brien Murphy Power y White, natural de Waterford, Irlanda.
Fecha1781 s.m. s.d.
LugarValdemoro
ProvinciaMadrid
PaísEspaña
ScriptorFrancisco Lerena

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sello segvndo, ciento y treinta y seis maravedís, año de mil setecientos ochenta y uno En la Villa de Valdemoro a siete de No-biembre de mil setecientos ochenay uno ante mi el scrivano del Numero y Ayuntamiento de ella, y testigos que avajo se diran, parecio presente don Diego Guillermo oBrien, de Nacion Irlandes, residente en la villa de Madrid, y estante ael presente en esta; y dijo: que otorga da y confiere todo su Poder cumplido amplio, general y vastante el que de derecho se requiera sea nezesario mas pueda y deva valer a Don Francisco Hayden vecino y del comercio en dicha corte; para que en nombre del otorgante, y representando su propia persona acciones, y derechos, pueda practicar, y practique, quantas diligencias le parezca serle combenientes, y conceptue utiles; y especial, y señaladamente para que parezca ante qualesquiera scrivano Justicia de la expressada villa de Madrid, y en los demas Juzgados, y Tribunales que combenga, y pida, sereciva Informacion de testigos fidedignos que justifiquen el goze de Nobleza. en el otorgante; como tambien, que es Christiano viejo, e hijo lexitimo de Padres Catholicos Apostolicos Romanos; y fecha la dicha Informacion interponiendola la real autoridad, pedira se le entregue original paralos fines que combengan: Con cuia razon presente Pedimientos haga requerimientos, y practique las demas diligencias judiciales y extrajudiciales, actos y autos que sean menester, hasta que con efecto consiga los fines aquefuesen dirigidos Que el Poder que para lo suso dicho, y lo aello anejo ydependiente necesite el citado don Francisco Hayden, esse mismo le comunica el otrogante con todas las clausulas fueros, requisitos, y circunstancias, que para su validacion sean de esencia, de tal forma que por falta de extension o explicacion especial de alguna de ellas, no omita hacer otrotanto que el otorgante podria practicar siendo presente, y con la de que pueda enjuiciar, jurar y sobstituir, rebocar los sobstitutos, y nombrar otros de nuebo, y con libre uso franca y general Administracion y con la relevacion y obligacion en derecho necesaria. YAel cumplimiento de lo que dicho es ydelo que en su virtud se obrase y actuase, obliga todos sus vienes propios, y rentas, derechos y acciones, habidos, y por haver, dio poder alos Jueces Competentes, lo recivio por sentencia passada en cosa juzgada, renuncio las leyes fueros yderechos de su fabor, y el suyo propio, Domicilio y vecindad, y la ley sit combenerit de jurisditione omnium judicum, y la general en forma. Ylo otorgo assi siendo testigos Miguel de Morales, Esteban Rodriguez, y Joseph Lerena, vecinos de esta villa ylo firmo el otorgante aquien Yo el sscrivano doy fee conozco = Diego Guillermo Ò Brien Antemi = Francisco Lerena Francisco Lerena sscribano del Numero y Ayuntamiento deestavilla de Valdemoro presente fui alo que dicho es, yen fee de ello lo signe En testimonio
de Verdad Francisco Lerena

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