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CODCAR-0609

CODCAR-0609

GrupoGEDHYTAS
IdentificadorCODCAR-0609
TipologíaTextos legislativos
ArchivoArchivo de la Catedral de Segovia
ReferenciaCaj. 9, nº 3
ResumenSancho IV ordena a los alcaldes, alguaciles y justicias de las villas de la diócesis de Segovia que hagan respetar los privilegios de que gozan el obispo y la catedral segoviana.
Fecha1291 junio 22
LugarPalencia
ProvinciaPalencia
PaísEspaña
ScriptorJoán Domínguez de Jaén

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Don Sancho, por la gracia de Dios rey de Castiella, de Toledo, de León, de Galizia, de Sevilla, Córdova, de Murcia, de Jaén e del Algarbe, a todos alcalles, alguaziles, justicias de las villas e de los logares del obispado de Segovia que esta mi carta vieren, salut e gracia. Sepades que don Blasco, obispo de Segovia, e el deán e el cabildo d'esse mismo logar se me embiaron querellar que á ý algunos que les fazen muchos tuertos e agraviamientos e que les passan contra los privilegios e las cartas que tienen de los reyes onde yo vengo e del rey mio padre e de e contra los usos e las costumbres que siempre ovieron; e que me piden merced que gelos fiziesse guardar que ninguno non les passasse contra ellos. E yo tóvelo por bien. Onde vos mando a cada unos de vós en vuestros logares que non consintades que ninguno faga tuerto nin agravamiento ninguno al obispo nin al deán nin al cabillo sobredichos. E ved los privilegios e las cartas que tienen de los reyes onde yo vengo e del rey mio padre e de e non consintades que ninguno les passe contra ellos nin contra los usos e las costumbres que siempre ovieron; si non cualquier que lo fiziesse que·l pendredes por la pena que en los privilegios e en las cartas dize, e que la guardades pora fazer d'ella lo que mandare, e que fagades enmendar al obispo e al deán e al cabillo todo el daño que por ende recibieren doblado. E non fagades ende ál so la pena sobredicha. E de cómo lo cumpliéredes, mando al escrivano público de la villa o del logar do acaeciere que les den ende un estrumento signado con su signo porque sepa en cómo cumplides mio mandado. E non faga ende so pena de cient moravedís de la moneda nueva. E d'esto les mandé dar esta mi carta seellada con mio seello de cera colgado. Dada en Palencia, XXII días de junio, era de mill e CCC e XXIX años. Alfonso Pérez la mandó fazer por mandado del rey. Yo, Joán Domínguez de Jaén, la fiz escrevir. Alfonso Pérez. Joán Pérez.

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