CODCAR-0609 CODCAR-0609 Grupo GEDHYTAS Identificador CODCAR-0609 Tipología Textos legislativos Archivo Archivo de la Catedral de Segovia Referencia Caj. 9, nº 3 Resumen Sancho IV ordena a los alcaldes, alguaciles y justicias de las villas de la diócesis de Segovia que hagan respetar los privilegios de que gozan el obispo y la catedral segoviana. Fecha 1291 junio 22 Lugar Palencia Provincia Palencia País España Scriptor Joán Domínguez de Jaén
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Don Sancho , por la gracia de Dios rey de Castiella , de Toledo , de León , de Galizia , de Sevilla ,
Córdo va, de Murcia , de Jaén e del Algarbe , a todos alcalles , alguaziles , justicias de las villas e de los logares del
obispado de Segovia que esta mi carta vieren , salut e gracia . Sepades que don Blasco , obispo de Segovia ,
e el deán e el cabildo d'esse mismo logar se me embiaron querellar que á ý algunos que les fazen muchos tuertos
e agraviamientos e que les passan contra los privilegios e las cartas que tienen de los reyes onde yo vengo e del
rey mio padre e de mí e contra los usos e las costumbres que siempre ovieron ; e que me piden merced que
gelos fiziesse guardar que ninguno non les passasse contra ellos . E yo tóvelo por bien . Onde vos mando
a cada unos de vós en vuestros logares que non consintades que ninguno faga tuerto nin agravamiento ninguno
al obispo nin al deán nin al cabillo sobredichos . E ved los privilegios e las cartas que tienen de los reyes
onde yo vengo e del rey mio padre e de mí e non consintades que ninguno les passe contra ellos nin
contra los usos e las costumbres que siempre ovieron ; si non cualquier que lo fiziesse que·l pendredes por la pena que en
los privilegios e en las cartas dize , e que la guardades pora fazer d'ella lo que mandare , e que fagades
enmendar al obispo e al deán e al cabillo todo el daño que por ende recibieren doblado . E non
fagades ende ál so la pena sobredicha . E de cómo lo cumpliéredes , mando al escrivano público de la villa o del logar
do acaeciere que les den ende un estrumento signado con su signo porque sepa en cómo cumplides mio mandado . E
non faga ende so pena de cient moravedís de la moneda nueva . E d'esto les mandé dar esta mi carta seellada con mio
seello de cera colgado . Dada en Palencia , XXII días de junio , era de mill e CCC e XXIX años .
Alfonso Pérez la mandó fazer por mandado del rey . Yo , Joán Domínguez de Jaén , la fiz escrevir .
Alfonso Pérez .
Joán Pérez .
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