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CODCAR-0425

CODCAR-0425

GrupoGEDHYTAS
IdentificadorCODCAR-0425
TipologíaTextos legislativos
ArchivoArchivo de la Catedral de Segovia
ReferenciaCaj. 8, nº 2
ResumenAlfonso X manda al concejo y autoridades de Segovia que el testimonio en juicio de los canónigos sea recibido y valga como el de cualquier otro vecino de Segovia y dispone que los canónigos disfruten de los montes, aguas y pastos como los demás vecinos.
Fecha1279 enero 18
LugarToledo
ProvinciaToledo
PaísEspaña
ScriptorPascual Pérez

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Don Alfonso, por la gracia de Dios rey de Castiella, de Toledo, de León, de Gallizia, de Sevilla, de Córdova, de Murcia, de Jaén, e del Algarbe, al concejo e a los jurados e a los alcaldes de Segovia, salut e gracia. El cabildo de los canónigos de vuestro logar se me embiaron querellar e dizen que cuando acaece algún pleito entre los omnes e ellos son llamados por testigos, si después el pleito es negado e lo quieren provar con ellos, que vós non queredes recebir su testimonio. E si·l recebides, que dades a los omnes por caídos que los aduzen en testimonio, porque dezides que non son vezinos e por ende que non deve valer su dicho nin su testimonio. E otrossí que por esta razón que non les consentides que usen de los montes e de las aguas e de las pasturas e de las otras cosas assí como los vezinos usan. E pidiéronme merced que mandasse ý lo que toviesse por bien. E maravíllome mucho cómo ellos sean unos de los omnes más onrados e mayores de vuestro logar cómo los estrañades d'estas cosas sobredichas, onde tengo por bien e mando que en testimonio e en todas las otras cosas que vala su dicho e su testimonio assí como de otros vezinos, e que ayan esse mismo uso e derecho en montes e en aguas e en pasturas e en todas las otras cosas que los otros vezinos de Segovia an. E non fagades end ál; sinon, a los cuerpos e a cuanto que oviéssedes me tornaría por ello. E porque esta carta era fecha en pergamino de paper, embiome pedir merced el cabildo de los canónigos de Segovia que gela mandasse dar en pergamino de cuero. E yo téngolo por bien. Dada en Toledo, XVIII días de enero, era de mill e CCC e XVII años. Yo, Pascual Pérez, la fiz escrivir por mandado del rey. Roy Martínez.

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