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CODCAR-0204

CODCAR-0204

GrupoGEDHYTAS
IdentificadorCODCAR-0204
TipologíaTextos legislativos
ArchivoArchivo de la Catedral de León
Referencia1110
ResumenAlfonso X manda a todas las autoridades del reino de León que ayuden a su portero Marcos Domínguez a embargar por valor de cien maravedís a aquellos que habían entrado en las tierras marcadas por él.
Fecha1259 agosto 8
LugarToledo
ProvinciaToledo
PaísEspaña
ScriptorJoán Rodríguez

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Don Alfonso por la gracia de dios Rey de Castiella de Toledo. de Leon de Gallizia de Seuilla de Cordoua de Murcia. & de Jahen. Atodos los Conceios. & Merinos & Juyzes. & Alcaldes del Regno de Leon; que esta nuestra carta vieren; Salut & gracia. Sobre querella que nos fezo el Obispo de Leon que omnes de su Obispadgo & de tierra de Leon que se Alçauan con las heredades que auien en las villas & en los logares que son suyas del Obispo & dela yglesa de sancta Maria de Regla. & se yuan meter so poder de Caualleros & de otros omnes por que nos perdiemos los nuestros derechos dellos & el Obispo & la yglesa de sancta Maria de Regla los suyos; nos enuiamos nuestra carta en que mandamos que las heredades que el omne del Obispo mostrasse que eran tales; que fiziessen tornar a ellas a quellos que las tenien. & silo fazer non quisiessen. mandamos a Marcos dominguez nuestro portero que entrasse las heredades. & que las diesse con el Obispo de Leon a Atales omnes; que fiziessen anos los nuestros derechos; & al Obispo & ala yglesa de sancta Maria de Regla los suyos. Agora dixo nos Marcos dominguez nuestro portero que heredades que fallo tales como estas. & entro assi como nos mandamos & coto en Cient morauedis; que a hy omnes que las entraron despues que las el entro & las coto & que leuaron ende el pan & las desfrucharon. Onde uos mandamos que aquellos omnes que uos dixiere este nuestro portero Marcos dominguez que entraron aquellas heredades & las desfrucharon despues que las el entro por nuestro mandado & las coto; quel ajudedes a prendiarlos por el coto delos Cient morauedis. & por los fruchos que leuaron ende despues. & non fagades ende al. si non auos et aquanto que ouiessedes nos tornariemos por ello. Dada en Toledo el Rey la mando ocho dias de Agosto. Johan rodriguez la escriuio por mandado de Maestre Johan alfonso Notario del Rey. & Arcediano de Sanctiago. En la ERA de Mil Et Dozientos Et Nonaenta. Et Siete Annos.

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