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CDHM-0014

CDHM-0014

GrupoGLH-ULA
IdentificadorCDHM-0014
TipologíaOtros
ArchivoArchivo General del Estado Mérida
ReferenciaProtocolo Disenso, Matrimonio y Divorcio, Tomo I,
ResumenCarta que Pascual Ma. González, administrador de la Renta Real de Tabaco, dirige a Francisco Uzcátegui, vicario y juez eclesiástico de Mérida.
Fecha1783 noviembre 17
LugarMérida
ProvinciaMérida
PaísVenezuela

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Muy señor mio: No puedo contextar por haora al nervioso oficio que me pasa vuestra merced con fecha de anoche (que com bastante inquietud me fue entregado a las dos de la Madrugada) por las Ocupaciones que me hasisten en el Tribunal de mi subdelegacion, y que es dirixido en respuesta de los dos que en el Dia de ayer le pase com bastante urbanidad, para que se sirviese vuestra merced entregarme el sambo Pablo Nepomuceno esclabo de Francisco Angulo, para apremiarlo en la forma que huviese lugar por cauza de contrabando a la Real Renta que Administro; Y por lo mismo dejando para mejor ocacion darle a vsted satisfaccion, y a los Señores mis superiores sobre las indecorosas calum-nias que irroga en su dicho oficio contra mi conducta por no venir al caso de los Oficios que le he pasado, buelbo a suplicar a vuestra merced que para proseder conforme haya lugar, o meresca el asunto del contrabando atribuido al dicho Esclabo, se sirva entregarlo en este Jusgado; En la intelijencia de que este no desea interrumpir ni se opone, ni menos se opondra a los asuntos de Matrimonio que tenga radicado vuestra merced en su Tribunal como privatibos que le son a su adjudicatura; Pero como la execucion de este asunto en qualquiera evento no pueda pribar, aun cuando se huviese de estar en la carcel por la cauza incoada en mi Tribunal, y antes si, se asegura para cualquiera disposicion que por vuestra merced u otro Juez competente en el asunto se pueda dar; es mui regular, aun me parese de Justicia que vuestra merced me deje obrar en mi Jurisdicion, sin que se entrometa vuestra merced en averiguaciones Judiciales que no le compitan entregandome dicho Esclabo. Y para que no piense vuestra merced que quiero quitarle al Esclabo el derecho natural de su defenza en la cauza que tiene pendiente en este mi Tribunal; siempre que este de su expontanea boluntad, lo quiera de su defenzor para que haga sus beses, y que vuestra merced me diga en respuesta que puede exersitar este Oficio, se le admitirá, para que en los terminos regulares desempeñe la confianza que se haga de su especial amor a semejantes Delinquentes. Y bastando ya el Travajo de haverle pasado a vuestra merced tantos oficios atentos; permitame vuestra merced que le diga, que sin terxiversacion, ni incorporacion de asuntos que no bengan al caso me diga en respuesta, si me entrega o no, dicho Esclabo, para que se le substancie la Cauza que se le ha sub-sitado, pues sobre este asunto me bastará la respuesta de vuestra merced junto con este oficio y los demas anteriores para satisfacer a mis superiores en resguardo del empleo que obtengo, y dar a mostrar la oposicion suya, al mismo tiempo que la acojida que puedan tener en su casa iguales Reos, y de quanto se desacreditan los Tribunales subalternos de la Intendencia General con desaogos que no puede dictar la prudencia. Dios Guarde a vuestra merced muchos anos Merida 17 de Noviembre de 1783 Beso la mano a vuestra merced su attento servidor Pasqual Maria Gonzalez
Señor Viccario Dr. Dn. Francisco Antonio Uscategui.

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