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DCEP-0903

DCEP-0903

TranscriptorNatacha Reynaud Oudot
Editor 1Juan Pedro Sánchez Méndez
Edición digitalNayra Sánchez Vera
GrupoDH
IdentificadorDCEP-0903
TipologíaOtros
ArchivoArchivo General de Indias
ReferenciaQuito 64
ResumenCarta de Francisco Henríquez de Sanguesa al rey para denunciar abusos que se cometieron durante reparticiones de indios en las encomiendas.
Fecha1697 junio 30
LugarQuito
ProvinciaQuito
PaísEcuador
ScriptorFrancisco Henríquez de Sangues

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señor Por los años Desinquenta. O. sinquenta y uño, lleBado, y mobido Del amor grande que avuestra real magestad tengo, no solo Por lalei natural De ser vuestra magestad mi rey. y mi señor sino por amarle tan sobrenaturalmente que quisiera berle señor Del mundo, y que rindiese Debajo De sus plantas todos sus enemigos, sintiendo no poder igualar las fuersas con este Deseo, y Procurando, ymitar en algo lo mucho que mi padre, aguelos. y tios, sirbieron a vuestra magestad biendome enlos puestos y ofisios que vuestros viReyes mehandado y que dellos no e sacado mas caudal, que la inteligensia de las materias Deste reyno conpadesiendome Delos grandes cuidados, en que vuestra magestad se alla con tantos enemigos que contrastan su monarquia, y los grandes gastes que le causan. consulte con vn ministro de vuestra magestad capas y de toda espiriensia que serbia en lima el ofisio de Protetor fiscal delos indios llamado Don francisco de balensuela. vn serbisio inportante a vuestra magestad y tan efetibo, y sin escrupulo, que si vuestra magestad le ubiera asetado estubiera ya consegido, y ubiera aiudado en gran parte a los gastos de la guera Pues no inportaba menos que un millon. y abiendo reconosido vuestro Protetor la inportansia del serbisio. y que en nada perjudicaba a los indios Pues no les cabe nitoca un marabedi tan solo. me dixo que luego se lo Propusiese a vuestra magestad como lo ise Por los años referidos, y abiendo vuestro real consejo De indias. Dado vista de mi escrito a vuestro fiscal respondio no ser conbiniente, alcredito, y reputasion De un monarca tan cristiano como vuestra magestad, el que se dixese en el mundo, se balia en sus nesesidades De la sangre de los indios, y que se bendiesen Por esclabos. y no tiene Duda señor. que si en algo fuesen grabados los indios. no solo fuera el ad Bitrio en descredito del santo selo De vuestra magestad sino que fuera en grandes serbisio de dios y en gran daño Demiconsiensia, y se echa Deber la desestimasion que vuestra magestad yso del, Pues no solo no le admitio sino que desPacho su real sedula a vuestro virey conde De salbatierra Para que con todo cuidado Biese como obraba en lo de adelante en la materia Buscando Para materia tan grabe y De tanto escrupulo. La persona mas ajustada, de selo, y espiriensia. y que se castigase con toda seberidad al que ubiese faltado en qual quiera De los puntos que io escrebi a vuestra magestad y abiendo resebido vuestro viRey lareal sedula De vuestra magestad quiso Dios que ubiese fiado de mi vuestro viRey el apuntamiento, y repartision delos indios De las probinsias, y correximientos de otabalo. y villa De san migel de ibarra que todo lo mas es de la corona de vuestra magestad y encomiendas suias, y ansi mesmo me cometio la visita de las estansias, y Desagrauio De los indios De Dichas probinsias, y la visita de los trapiches y inxenios De miel y de asucar no solo De dichos correximientos. sino los de quito riobamba, y chinbo. y luego Despacho vuestro viRey vna probision acordada, inserta la sedula de vuestra magestad, con comision, a uno de vuestros oidores desta real audiensia De quito llamado Licenciado Donfernando Debelasco y ganboa Para que con hecsactas diligensias aberiguase en todas las probinsias. si yo abia incurido enalgo, De lo mesmo que io abia escrito a vuestra magestad y abiendo executado vuestro oidor con toda vixilansia, la comision de vuestro viRey y pregonadose con caxas. y clarines la real sedula de vuestra magestad en todas las probinsias. no quiero desir mas a vuestra magestad en credito Del amor y fidelidad, con que lesirbo. sino que siendo tan emulado de vuestros oidores Por lo que en carta Distinta dire a vuestra magestad no solo me mando vuestro viRey conde de salbatierra Prosigiese enlas comisiones. sino que vuestro viRey que oi es conde De alba me las confirmo y estoi oy actualmente Prosigiendo en ellas. si bien no con mucho gusto De vuestros oidores, Pues Por aber ynibido vuestra magestad las reales audiensias del conosimiento Detodos los decretos del gobierno, les parese que ni vuestra magestad Puede quartarles la soberania en que se allaban, y con desir que tienen suplicado De la real sedula se oponen a los mandatos De vuestro viRey. y a mi Por ser ministro Del gobierno mehan tratado y ultraxado conel maior bilipendio que se puede tratar al mas vil hombre del mundo. y no a sido Pusible quererme entregar la probision que vuestro viRey conde Desalbatierra en que biene inserta la sedula de vuestra magestad en que ynibetodas las audiensias. y asi remito a vuestra magestad las dos Probisiones devuestros viReyes Para que reconosca la oposision grande que le asen. y de vuestra magestad el remedio conbiniente. y ansi mesmo Remito a vuestra magestad vnasertificasion De sus ofisiales reales De que no le he llebado De su real asienda vn marabedi tan solo De todas las numerasiones que tengo echas De las encomiendas que tocan a vuestra magestad y Porque me falta satisfazer al punto Prinsipal del ad bitrio- Digo señor que el fiscal De vuestro Real consejo de indias como tan atento ministro De vuestra magestad y bestido de su santo selo, jusgo que el millon que io ofresia redundaba en daño y Perjuisio delos indios, y que los dies Patacones que los dueños de las asiendas abian de dar Por cada indio que se le repartiese abia de ser a costa del indio, o descontando lo de su jornal y trabajo. O. sea se que vuestro fiscal teniendo entendido que aunque no le toque nada al indio desta plata. solo por lo malsonante De que se diga que de cada indio se dan dies pesos no quiere que vuestra magestad admita serbisio. que perjudique al credito. y reputasion detan santo monarca como tenemos en vuestra magestad aquesatisfago, quela repartision delos indios del piru Para la labransa de las tierras, y guarda de los ganados, y labransa De minas, es forsosa cosa que se aga como se a echo desde que el piru se descubrio. Porque como los españoles son tan pocos. y las tierras ynumerables: y los ganados infinitos, si se obserbase en este reyno. lo que en españa que los españoles cultiban las tierras, y guardan los ganados, no ubiera piru, ni español que pasase De españa con que se perdiera todo, y asi reconosiendo este graue inconbiniente Don francisco detoledo. en sus hordenansas: y nuestros santos reyes tienen Dispuesto que aiuden los indios a los españoles en una moderada serbidunbre repartiendose Para los efectos dichos, en el quinto o setima Parte sigun los indios de cada probinsia, y conforme esta ya asentado Por el gobierno. y siendo forsoso el aberse de numerar los Pueblos, y repartir los indios. es fuersa tanbien que el gobierno aya De despachar personas a estas numerasiones, con los salarios que ia estan tanbien señalados Por el gobierno. y estos salarios se pagan en una De dos maneras. La vna es - si la numerasion de los Pueblos se ase Por conbiniensia de vuestra magestad o de los encomenderos Para que entren a tributar los indios Por aber mucho tienpo que no sease la numerasion y sehan muerto o reserbado los jndios de la numerasion Pasada Paga los salarios vuestra magestad y los encomenderos. y si la persona a quien se comete esta numerasion noes de mui ajustada consiensia fuera de los salarios que lixitimamente lleba Puede aProbecharse en gran daño devuestra magestad y encomenderos reserbando o no entrando a tributar ni numerar a los que se lo Pagaren - aunque aqueste interes no Puede ser mui quantioso Por ser dadibas de indios que tienen poco. La otra numerasion se encamina a dos fines, el uno es a que entren a tributar los indios como la Primera. y el otro fin es a que se bean los indios que ay Para que dellos se saque el quinto. y se repartan a las asiendas. en esta repartision se puede meter mui bien la mano si el ministro no es de toda satisfasion. y consiensia. Porque de mas delos salarios. ofrese quanto Puede el dueño de la asienda Por acomodarse De indios. esta numerasion y repartision la piden los indios. y claman al gobierno Para que se DesPache Por berse sobrecargados enel quinto. y asi solisitan su remedio Porque son infinitos los agrabios que resiben y Para que vuestra magestad y sureal consejo De indias se entere de todo y Den el remedio conbiniente. Pondre el exenplo en un Pueblo Para que del saquevuestra magestad lo que corre en todo el piru. y Particularmente Donde no asiste vuestro viRey. Personalmente. como es en las charcas y quito que remite el gobierno a los Presidentes delas reales audiensias - forma de numerar los Yndios y hacer la reparticion llego Pues señor a un pueblo y despues De numerado saco el quinto: y supongo que ubo quinientos indios. reparto los siento que le cupieron De quinto. desPues de repartidos los siento. y que quedaron los indios contentos Porque sobran quatrosientos Para que sebaian remudando cada año. susede que biene una peste. o que naturalmente murieron sinco indios en rason y justisia se abia de rebajar De los siento este indio que falto. esto no se ase Porque no se puede aser cada año repartision de indios que es mui costosa y asi ba cargando la gruesa De los quatrosientos estas faltas. agora doi que entraron a tributar sinco indios. los dueños de las asiendas que estan a la mira. negosian con el escribano que ase las cartas quentas Del partido queles de vn testimonio De aquellos sinco indios acresentados y con el dicho testimonio seban a la persona que tiene el gobierno y le Piden queleaga mersed de aquel indio De quinto. y negosiado lleba su mandamiento con que ya ay siento y un indios Derepartision. fuera De aquesto el que tiene el gobierno Da a quien le parese tantos indios De la gruesa con que aumentandose las mersedes, y supliendo la gruesa los que se mueren a Pocos años sirbiendo toda la gruesa no llega a los mandamientos que estan repartidos. y como cada dueño de asienda no quiere que la falta de los indios le toque ael sino al otro. en muriendose el indio o en uiendose se ba al gobernador o casique y lepide que le entere aquel indio. y como el casique no tiene de donde enterarselo. lo lleba maniatado ael y asu muger y yjos y leasenserbir hasta quele entere el indio y les quitan las mantas y otros infinitos agrabios con que infinidad de casiques han desamParado sus Pueblos. y los indios biendo que han quedado Pocos y que sobre ellos carga todo el trabajo, se han uydo. y ai muchos Pueblos. en que aPenas ai sacristan que ayude a desir misa al cura. y el remedio que aquesto Puede tener es mandar vuestra magestad que no se pueda Dar indio ninguno hasta que sebuelba azer otra numerasion y nuebo repartimiento con que se escusara que los que tienen el gobierno Por vuestro viRey Den indios Dela gruesa quelo suelen aser Por conbiniensias, o amistades, queriendo conplaser con el trabajo general de los indios, los amigos Particulares. y delo referido sacara vuestra magestad con quanta solisitud y ofresimiento de dadibas, Procurar los Dueños De las asiendas consegir los indios Pusibles Para el abio Dellas fuera De los salarios - y Puedo asigurar a vuestra magestad que en esta repartision de indios que vuestros viReyes mehanfiado Pudiera aberme aProbechado De mas De beintemil ducados que por sola la grasia me han ofresido, Pero como estimo en mas la de dios. y la de vuestra magestad no solo no los e admitido Pero aun mis salarios que montan quatromil y ochosientos patacones. no los e cobrado, y casi los tengo gastados en defenderme De los agrabios que vuestros oidores mehanecho Por defender la juridision Del gobierno de que me quejo a vuestra magestad en carta Particular. y asi resolbiendo el punto prinsipal del ad bitrio digo sifico lo que a obrado en el poco tienpo queaestado en esta plasa vuestro oidor Don tomas berjon decabiedes. y no a sido poca dicha que vuestra magestad lo mude a otra Parte. y abiendo vuestra magestad cometido laresidensia a vuestro oidor. Doctor don antonio dies de san migel y solier, Presente Dos petisiones Pidiendo que no le dejase salir dela siudad sin que estubiese a derecho en dicha residensia, o mostrase sedulade vuestra magestad Para poder dar la residensia Por poder y que de lo contrario Protestaba la nulidad. y como vuestro presidente le faborese a banderas desPlegadas quien se a de atreber a Pedirle ni demandarle nada ni a otro qual quiera oidor. y mas siendo el que le toma la residensia amigo, conpañero y de una mesma jerarquia. y en bes de alcansar Justissia lo que se consigue es el quedar un ombre odiado no solo De los oidores que quedan sino de todos los que binieren, con que los agrabios que asen. no tienen mas remedio que pedir a Dios no se continuen. aunque mas vuestra magestad Diga que los amPara debajo de su real amParo Porque vuestra magestad esta mui lejos. y el asote De vuestros oidores mui serca. y mui raras beses llegan los clamores de los pobres a oirlos vuestra magestad y nunca remediara vuestra magestad estos males si no enbia visita general Donde conberdad y secreto se aberigua el proseder de los ministros, y mucho mejor siel bisitador es inquisidor. Porque quien jurara en residensia Particular y Publica la honrra que el ministro vbiere quitado en lo mas Presioso del basallo. ni menos los coechos que ubiere resibido. ni las biolensias que se asen a las mugeres son capa de rey enlas rondas. vuestra magestad se duela de Sus basallos. y Pues Por ley natural. estamos obligados a dar Por vuestra magestad las bidas, honrras, y asiendas. la mesma lei obliga a vuestra magestad A hampararnos, yy mantenernos en justissia. que a mi Porque disen que escribo a vuestra magestad y Porque quiero irme a echarme a sus reales pies. me tienen Detenido y me han tratado, como al mas bil hombre del mundo. siendo de los basallos de mas inportansia que ai en este reyno. y que mi padre y aguelos Sirbieron a vuestra magestad con mucha bentaja a todos Pues si alguna bitoria se a alcansado en este reyno asi Por mar como Por tierra. mediante el balor de mi padre las dio dios. Restaurandose el piru Por ellas. y Por ultima asaña de sus años Restauro la siudad de guayaquil echando al enemigo olandes quela quemo con la fabrica de vuestra magestad el año de beinti y quatro. y le degollo mas de tresientos ombres. con otros muchos Prisioneros y abiendo sido mi padre delos insicnes ombres del mundo Pues casi en todas las Partes de la monarquia de vuestra magestad le sirbio. muriendo de siento y ocho años enel de quarenta y tres enel Puesto de maestro de campo general de toda la juridision de la audiensia de quito. a mi agora Porque me quiero ir a echar a los Pies de vuestra magestad me molestan con no querer remitir la causa a vuestro viRey ni quererla sentensiar Porque no la bea vuestra magestad sino que quieren quebese el asote, y que no me quexe. con esta remito a vuestra magestad untanto deuna petision que Presente ante vuestra real audiensia y como bieron el aroxo tran grande que tubieron en desPacharme un ministro delareal audiensia a solo a desonorarme Porque ni vuestr viRey bea la causa ni la petesion. ni vuestra magestad se quedaron con ella sin querer que se pusiese en la causa y si vuestra magestad fuere serbido de mandar que se llebe la causa siquiera Por enterarse vuestra magestad De como ultrajan los ministros a los basallos o Por castigarme a mi si tengo culPa se serbira de mandar que la petision se Ponga en los autos que aunque esPero de vuestro viRey la resolusion de la materia suplico a vuestra magestad umildisamente. que si no fuere serbido de quebenga el remedio conbiniente mande queselleben los autos y me serbira de gran Premio a mis meritos. mientras dios me consede que baya aecharme a sus reales Pies. tanbien suPlico a vuestra magestad se sirba de admitirme la dejasion que ago en sus reales manos de todas las encomiendas y Prisiones que vuestros viReyes encomendaron a mis Padres en que yo susedi: mandandome que le baia a serbir a donde vuestra magestad fuere serbido que para ello remito Poder a mi axente con todos los titulos de las encomiendas y Prisiones. que quando no consiga otro bien y mersed De vuestra magestad y de su clemensia. sino salir con toda mi familia De la esclavitud tan grande que Padesco con vuestros oidores morire contento y mucho mas si dios me consede el que me bea a los reales Pies de vuestra magestad y que conosca a mi Rey y mi señor que guarde la dibina magestad muy largos y felises años sujetando a sus Plantas todos sus enemigos que los salarios Desta numerasion y aPuntamiento De indios lo pagan los Dueños delas asiendas, sin que a los indios les queste vn marabedi tan solo. ni que la reputasion de vuestra magestad Padesca nada ni ante Dios ni entre los ombres. y el millon que io ofresco a vuestra magestad noes en otra cosa sino en el aoro De los salarios que de Justissia Deben llebar los Jueses del gobierno que los Despachan a estas numerasiones y repartisiones y los demas ministros. y ofreserme yo Por al amor tan grande que a vuestra magestad tengo Padeser los trabajos que se dejan entender De caminos tan dilatados, y ajustamientos De materias De tanto escrupulo y dificultosas Pues como tengo dicho a vuestra magestad si el ministro a quien se encargare aquesto no es muy ajustado Puede salir De una comision destas mui Rico y aprobechado. y no es mucho que quando en algunas Probinsias Dieran De muy buena gana a sinquenta y sien Pesos Por un indio De repartision. Den Por bia de media anata y salarios Dies patacones con que sin escrupulo ninguno se serbia a vuestra magestad. y los basallos aoraban infinitos ducados. mi selo fue, y es bueno, y si a vuestro fiscal no le parese conbiniente. Lo tendra mirado mejor. y yo me ajusto al pareser de ministros tan grandes como vuestra magestad tiene en su real consejo de indias. y Pido a dios nuestro señor guarde y Prospere a vuestra real magestad Dilatados siglos Para aumento de la fe y bien de sus basallos. quito y Junio 30-697 años Basallo y criado vmilde De vuestra magestad Don Francisco henrriquez de SSanguessa

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