CORHEN-0466 CORHEN-0466 Transcriptor Javier Rodríguez Molina Editor 1 Emiliana Ramos Remedios Edición digital Mireia Peris Vicent Grupo GHEN Identificador CORHEN-0466 Tipología Cartas de compraventa y contratos Archivo Archivo del Monasterio de Las Huelgas de Burgos Referencia Leg. 31, n. 1367 Resumen Los concejos de Belbimbre y Barrio de Muñó establecen un acuerdo respecto al pago de los servicios y pechos de señorío a los que estaban una serie de heredades que los dos concejos se habían vendido entre sí. Fecha 1279 septiembre 29 Lugar Burgos Provincia Burgos País España Scriptor Domingo Yuañes
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Sepan qua ntos esta carta vieren . Como nos con çeio de Benbibre & nos con çeio de Barrio . sobre demandas que aujemos los vnos con tra los otros .
en rrazon de los heredamjen tos & delas vinn as que aujemos con prado los vnos delos otros . ffiziemos abenen çia en esta guisa que por las heredades . &por
las vinn as que aujemos con prado los unos delos otros . & con praremos daqui adelant por siempre . per demos demanda los vnos delos otros & que pechemos .
por ellas cada unos denos alli o moraremos . & daqui adelant que no nos podamos nun qua demandar los vnos alos otros . en seruiçio de Rey . nj en yan
tar . njn en otro pecho njn guno que acaesca en rrazon delas con pras . en atal manera que los omn es que fueren en Barrio que an cabeça en Benbibre en la
marçadga que pechen por las heredades que an de patri monjo . o ouieren daqui adelant con los de Benbibre . Et otrossi los omn es que fueren en Ben
bibre que an cabeça en Barrio en la marçadga que pechen por las heredades que an de patri monjo . o ouieren daqui adelant con los de Barrio . Et
los pechos que auemos de pechar los de Barrio con los de Benbibre . & los de Benbibre con los de Barrio . son estos . La marçadga . & los qua tro pechos
que demanda el Rey en su tie rra que es el pecho tantj medio . de qua nto monta el seruiçio dela ayuda que ffue ante del era desta carta . &
si por auentur a . El Rey pechos algunos . o seruiçios demandare daqui adelant que pechemos los vnos con los otros por los heredamjen tos
del patri monjo que auemos . o ouieremos daqui adelant assi como el Rey mandare . Saluo fonssadera & moneda forera . & yantar de Rey .
& de Reyna . & delos Jnffantes que no pechemos los vnos con los otros . & otrossi que no pechemos en nin gun pecho . por los heredamjen tos de
con pras que auemos & auremos daqui adelant . assi como sobredicho es en esta carta . & enlos pechos que ouieremos de pechar los vnos con
los otros que aya y dos con tadores de Benbibre . & dos contadores de Barrio jurados sobre santos euange lios . & todos qua tro en vno que
lo cuenten . & de como lo ellos contaren que sea firme . & njn gunas delas partes non puedan yr con tra lo que ellos contaren . & que se cuente
en esta guisa . alos de Barrio por las heredades & por las vinn as . & por los solares que an en Benbibre : & Alos de Benbibre por las
heredades & por las vinn as . & por todos los ganados viuos . & por los solares que an en Benbibre & en Barrio . Et por pechero que se ama
te del vn logar o del otro . que nunqua nos podamos demandar en nin gun tiempo los unos alos otros pecho nin guno . Et nos el Conçejo de
Benbibre & de Barrio los sobredichos otorgamos de nun qua venir contra estas posturas que auemos fechas en vno en nin gun tiempo . &
ponemos sobre nos tal postura & tal paramjen to que qual quier delas partes que contra esto quisiere venir que peche . diez . mill . mo rauedis . por pena .
la meatad al Rey . & la meatad ala parte que estidiere enel pleyto . & en cabo la abenen çia que uala assi como sobredicho es . Et mandamos fazer
dos cartas partidas por . A.b.c . la una que tengamos el Conçejo de Benbibre . & la otra los de Barrio . Et por que esto sea firme & non uenga
en dubda . nos el concejo de Benbibre ffiziemos poner nuest ro seello en estas cartas . & nos el conçejo de Barrio por que no auemos seello pidiemos
merçed a nuest ra senn ora la jnffant donn a Berengue lla que mandasse poner so seello en estas cartas . Et yo jnffant donn a Berengue lla por ruego
delos de Barrio mande poner mjo seello en amas las cartas . Testigos que lo vieron & lo oyeron . rogados de amas las partes . De çida doncha
Domin g yuann es cler igo . Don Rodrigo fijo de migue ll pascual . Martin sobrino . Martin ann aya . De santa maria del campo . Don per o . ffijo de per o
martin delas eras de negriellos . Domin go ruujo fijo de Garçi abbat . Don Gonçalo ffijo de domin go baltanas . Domin go Ospitalero . De villal
Munn o . Don per o fijo de martin esquierdo . Don domin go so hermano . De villa çopeque . Pedro villal ujn Roman ffijo de yuan andres de uilla ymara .
Domin g andres . fijo de yuan andres . Domin g yuann es fijo de don Benjto . ffecha la carta . xxix . dias de Setiembre . ERa de mill . &
trezientos . & diez & siete ann os . Domin go yuann es escri uano dela jnffantdonn a Berengue lla . la ffizo escri uir por mandado delos Conçejos
sobredichos
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