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CORHEN-0242

CORHEN-0242

TranscriptorCarmen Isasi Martínez
Editor 1María Jesús Torrens Álvarez
Edición digitalAlexandra Duttenhofer
GrupoGHEN
IdentificadorCORHEN-0242
TipologíaCartas de compraventa y contratos
ArchivoArchivo Histórico Nacional
ReferenciaClero Secular_Regular, car. 293, n. 2
ResumenDonación hecha por el monasterio de San Salvador de Oña a Martín González y a doña María de Quecedo de un solar llamado Madrazo en el lugar de Quecedo
Fecha1279 enero 28
LugarMedina de Pomar
ProvinciaBurgos
PaísEspaña

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Sepan quantos esta carta vieren. Como nos don Pedro por la graçia de dios abbat de Onna. & Nos Conuento des mismo logar. damos auos Martin gonçalez fide Martin gonçalez & de donna Maria. de queçedo el nuestro solar que auemos en queçedo que dizen de Madrazo con el maiuelo que esta çerca del solar & con ssu heredat aquello que tomamos en camio de sandeuelascor por la quel diemos deste ssolar. Conuiene a ssaber. ala ssopenna vna tierra. a Soma uilla en pradillos. otra tierra. estas amas fueron del camio que nos dio San de uelascor por el foyo. Otras dos faças alos morales de sso castiello que fueron del camio por otro linar del peral. otra faça á entresseca. otra en uega con ssu nogal. Por tal pleyto uos damos este solar con la heredat sobredicha quel ayades por en uida deuos & de uuestros fijos & desi los que deuos uinieren. & que dedes cadanno uos en uuestra uida por enfurçion al nuestro prior de teiada por la fiesta de Sant Martin dentro en teiada dos almudes de buen pan & linpio lo medio trigo & lo medio ordio ala medida de teiada. & dos cantaras de buen uino. & .diez. ssueldos de dineros desta moneda nueua que nuestro sennor el Rey manda agora fazer. que es .vij. ssueldos & medio el morauedi. & que aya en cada ssueldo .doze. dineros dela moneda sobredicha. Et des que uos finardes que den cadanno uuestros fijos & desi los que deuos uinieren por sienpre al nuestro prior de teiada por enfurçion dentro en teiada. quatro almudes medio trigo medio ordio. ala medida sobredicha & que ssea de buen pan & linpio & quatro cantaras de buen. uino. & veynte ssueldos dela moneda sobredicha & que aya en cada sueldo .doze. dineros. & que fagades luego este solar de .viij. braças en luengo & de tres en ancho. & teiado. & uos & todos aquellos que deuos uinieren que en este solar ouieren a biuir que sseades nuestros fieles uassallos. Et esto sobredicho que uos damos non ayades poder de uender lo nin de enpennar lo nin sso otro sennorio nin uos nin los que deuos an auenir. si non por esso lo perdades uos & ellos. Et por que esto non uenga en dubda. Nos don Pedro por la graçia de dios abbat de Onna. & nos Conuento des mismo logar esta carta que mandamos fazer confirmamos la & mandamos la seellar con nuestros siellos. Et Yo Martin gonçaluez el sobredicho. otorgo todo esto que en esta carta es escripto. & obligo me por mi & por los que demj an auenir. que por qual quier destos paramientos que aqui sson escriptos que non cunplamos yo en mi vida & desi ellos; que por y perdamos el solar sobredicho con la heredat sobredicha & uos que sseades poderosos delo entrar por uuestra propria auctoridat. & denos pendrar por lo que uos deuieremos. Et por mayor firmedunbre. Nos el abbat & el Conuento sobredichos. & yo Martin gonçalez el sobredicho. Rogamos al Conçeio & al alcalle. & alos yurados de medina de pumar. que mandassen poner so siello en esta carta. Et nos el Conçeio & el acalle & los yurados dela villa sobredicha por Ruego de don Pedro por la graçia de d abbat de Onna. & del conuento des mismo logar. & de Martin Gonçaluez los sobredichos mandamos seellar esta carta con nuestros siellos en testimonio desto que sobredicho es. ffecha la car .xx viij. dias de Enero. Era mill & ccc. & dizessiete annos.

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