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CODEMA-0336

CODEMA-0336

TranscriptorPilar López Mora
Editor 1Diana Esteba Ramos
Editor 2Salvador Peláez Santamaría
Edición digitalAlexandra Duttenhofer
GrupoARINTA
IdentificadorCODEMA-0336
TipologíaActas y declaraciones
ArchivoArchivo Municipal de Málaga
ReferenciaVol. 134, ff. 328r-330r
ResumenActas capitulares del cabildo municipal malagueño, sesión del 23 de noviembre 1742
Fecha1742 noviembre 23
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña
ScriptorAntonio Calvo

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La ciudad de Málaga, justicia, y reximiento de ella se juntó a cavildo en su sala capitular, como lo han de uso y costumbre, en veinte y tres días del mes de noviembre de mil setecientos cuarenta y dos años, que lo precidió el señor lizenciado don Viczente Antonio de Burgos Rondón, mayor de esta ciudad. Y se hallaron en él los cavalleros rexidores, los señores: don Mateo de Miranda. Don Luis de Tolosa. Don Fernando de Cárdenas. Don Fransisco Amat. Don Josef Ponze de León. Don Juan de Ortega y Zerda. Don Josef Bastante. Don Josef Benites. Don Fransisco de Córdova. Don Juan Cotrina. Don Viczente de Ayala. Don Andrés Cotrina. Don Fransisco de Pedroza. Don Gerónimo Renxel. Don Juan Cruzado. Don Lázaro Torrixos. Don Felipe Barrientos. Sitado. En este cavildo para el que ha cido sitado con cédula ante diem de orden del señor alcalde mayor a todos los cavalleros rexidores, esepto enfermos y ausentes, para que la ciudad resiva a el uso de escrivano de vicitas de las embarcaciones a don Juan de Montemayor, en virtud de real título que para ello ha obtenido. Que de haber hecho dicha sitación dieron fee Diego Pérez y Manuel de Torres, porteros de este ayuntamiento. Yo, el escrivano, hise notorio a la ciudad un real despacho de su magestad, firmado de su real mano y refrendado de don Francisco Xavier de Morales Velasco, su fecha en san Ildefonso, a dos de octubre pasado de este presente año, despachado en favor de don Juan de Montemayor en lugar de Alonso Moreno para que el referido uso del empleo de escrivano de visitas de los naos y embarcaciones que llegan a este puerto, durante la menor edad de cualquiera de sus hijos. La ciudad entendida lo tomó en sus manos, besó y puso sobre su cabesa y lo obedeció con su mayor veneración y acordó que el referido don Juan entrare en esta sala capitular, quien, habiéndolo hecho, hiso el juramento acostumbrado. La ciudad lo resivió al uso de tal escrivano de vicitas de los naos y embarcaciones que llegaren a este puerto. Y que, quedando copia en el libro de proviciones, el original se debuelva a el dicho don Juan para guarda de su derecho. Entrada de Luis de Torres. En este cavildo, con lisencia que para ello pidió y se le consedió, entró Luis de Torres Lobatón, escrivano de este número y de millones, quien dio noticia a la ciudad cómo el administrador de rentas provinciales de esta ciudad, don Fransisco Antonio de la Cagisga, pretendía que esta ciudad manifestase el título o privilexio que tubiera de la feria y mercado franco para los días de viernes y sábado santo, de cuya pretención, habiéndose dado traslado a el cavallero procurador general, respondió por su pedimiento que dicho traslado y notificación se entendiese con la ciudad en su ayuntamiento. Y para el excelentísimo señor governador así se ha mandado, lo que hacía saver a la ciudad para que reparara el perjuicio que hubiera lugar, quien quedó entendida. Y, habiendo salido el dicho Luis de Torres de esta Sala Capitular, acordó que los cavalleros diputados nombrados para el seguimiento de las dependencias con el dicho administrador y nombrando nuevamente a don Fransisco co de Córdova, satisfagan a lo que se solicita por dicho administrador de millones. Memoria de la abadesa del Sagrado Capuchinas. En este cavildo, yo, el escrivano, hise presente a la ciudad un memorial dado por la madre abadeza y religiosas del real combento de la Purísima Consepción, capuchinas de esta ciudad por el que hasen presente cómo en el patio común que arrima a el coro, por lo estrecho de él, y experiencias de haberse anegado con las lluvias y aguas de las haciendas de dicho convento han resevido y resiven muchos detrimentos por los malos olores que ocaciona la rebalza que hase, por lo que, para evitar estos graves perjuicios, tiene ideado hacer una azequia por vajo de tierra hasta que se incorpore con la madre común. Y, para poderlo hacer, ocurren a la ciudad con la más reberente atención, suplicando se sirva consederles su lisencia para hacer dicha tarea, medio por donde se livertaran de no verse anegadas como de los malos olores que reciven. Y, enterada la ciudad del contenido de dicho memorial, acordó de conseder y consedió lisencia a dicha madre abadeza y religiosas de dicho combento de la Purísima Consepción para que hagan la tarea que pretenden. Con lo que se concluyó este cavildo, que firmó dicho señor alcalde mayor, uno de los cavalleros rexidores e yo, el escrivano, de que doy fee. Burgo. [rúbrica Lázaro de Torrijos y Vargas.
Antonio Calvo.

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