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CODEMA-0336

CODEMA-0336

TranscriptorPilar López Mora
Editor 1Diana Esteba Ramos
Editor 2Salvador Peláez Santamaría
Edición digitalAlexandra Duttenhofer
GrupoARINTA
IdentificadorCODEMA-0336
TipologíaActas y declaraciones
ArchivoArchivo Municipal de Málaga
ReferenciaVol. 134, ff. 328r-330r
ResumenActas capitulares del cabildo municipal malagueño, sesión del 23 de noviembre 1742
Fecha1742 noviembre 23
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña
ScriptorAntonio Calvo

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La Ciudad de Malaga Justicia, y reximiento deella se Junto a Cauildo en su sala Capitular como lo han De Vso, y costumbre en Veinte y tres dias del mes de nouiembre de mill setecientos quarenta y dos años que lo precidio el señor Lizenciado Don Viczente Antonio de Burgos Rondon alcaldemaior deesta ciudad Y se hallaron en el los Caualleros Rexidores los Señores Don Matheo de Miranda Don Luis de Tolosa Don fernando de Cardenas Don fransisco Amat Don Joseph Ponze de Leon Don Juan de ortega y Zerda Don Joseph Bastante Don Joseph Benites Don fransisco de Cordoua Don Juan Cotrina Don Viczente de Ayala Don Andres Cotrina Don fransisco de Pedroza Don Geronimo Renxel Don Juan Cruzado Don Lazaro torrixos Don Phelipe Barrientos Sitado En este cauildo para el que a cido sitado con cedula ante diem de orden del señor alcalde maior, a todos los Caualleros rexidores esepto enfermos, y ausentes para que la Ciudad Resiua a el Vso de escriuano de Vicitas de las embarcaciones a Don Juan de montemaior en Virtud de Real titulo que para ello a obtenido que de hauer hecho dicha sitacion dieron fee Diego Perez y manuel de torres porteros deeste ayuntamiento yo el escriuano hise notorio a la cuidad vn Real despacho de su Magestad firmado de su real mano y refrendado de Don francisco xauier de morales Velasco su fecha en San Yldefonso a dos de octubre pasado deeste presente año despachado en fauor de Don Juan de Montemaior en lugar de Alonso Moreno para que el referido Vse del empleo de escriuano de Visitas de los Naos, y enbarcaciones que llegan a este puerto durante la menor hedad de qualquiera de sus hijos. La ciudad entendida lo tomo en sus manos Beso, y puso sobre su cabesa y lo obedecio con su maior Veneracion, y acordo que el referido Don Juan entrare en esta sala Capitular quien hauiendolo hecho hiso el Juramento acostumbrado, la Ciudad lo resiuio al vso de tal escriuano de vicitas de los Naos y embarcaciones, que llegaren a este puerto y que quedando copia en el libro de prouiciones el original se debuelua a el dicho Don Juan para Guarda de su derecho entrada de Luis de torres En este Cauildo Con lisencia que para ello pidio, y se le consedio entro Luis de torres Lobaton escriuano de este numero y de millones quien dio noticia a la ciudad como el administrador de Rentas prouinciales de esta Ciudad Don fransisco Antonio de la Cagisga pretendia que esta Ciudad manifestase el titulo o priuilexio que tubiera dela feria, y mercado franco para los dias de Viernes, y Sabado santo de cuia pretencion hauiendose dado traslado ael Cauallero procurador General respondio por su pedimiento que dicho traslado y notificacion se entendiese con la Ciudad en su ayuntamiento, y para el excelentisimo señor Gouernador asi se ha mandado lo que hacia sauer a la Ciudad para que reparara el perjuicio que Vbiera lugar quien quedo entendida. y auiendo salido el dicho luis de torres de esta Sala Capitular. Acordo que los Caualleros diputados nombrados para el seguimiento de las dependencias con el dicho administrador y nombrando nueuamente a Don fransis co de Cordoua. satisfagan a lo que se solicita por dicho administrador de millones Memoria de la Abadesa del Sagrado Capuchinas En este Cauildo, yo el escriuano hise presente a la ciudad vn memorial dado por la madre Abadeza, y religiosas del Real Combento de la purisima Consepcion capuchinas de esta Ciudad por el que hasen presente como en el patio comun que arrima a el Coro por lo estrecho de el, y experiencias de hauerse anegado con las lluvias. y Aguas de las haciendas de dicho comuento han reseuido, y resiuen muchos detrimentos por los malos olores, que ocaciona la rebalza que hase por lo que para euitar estos graues perjuicios tiene ydeado hacer vna hazequia por vajo de tierra hasta que se, yncorpore con la madre comun y para poderlo hacer ocurren a la ciudad con la mas reberente atencion suplicando se sirua consederles su lisencia para hacer dicha tarea medio por donde se liuertaran de no Verse anegadas como de los malos olores que reciuen Y enterada la ciudad del contenido de dicho memorial Acordo de conseder y consedio Lisencia a dicha madre Abadeza, y religiosas de dicho Combento de la purisima consepcion para que hagan la tarea que pretenden Con lo que se concluio este cauildo que firmo dicho señor alcalde maior, Vno de los Caualleros rexidores e yo el escriuano de que doy fee Burgo [rúbrica Lazaro de torrijos y Vargas
Antonio Calvo

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