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CODEMA-0217

CODEMA-0217

TranscriptorLivia Cristina García Aguiar
Editor 1Pilar Carrasco Cantos
Editor 2Inés Carrasco Cantos
Edición digitalNayra Sánchez Vera
GrupoARINTA
IdentificadorCODEMA-0217
TipologíaCertificaciones
ArchivoArchivo de la Catedral de Málaga
ReferenciaLeg. 44, n. 1, sin foliar
ResumenCristóval Sánchez de Soto, arcediano de Málaga, y Antonio Enríquez, obispo de Málaga, dan poder al racionero Rodrigo de Eslava para comenzar las pruebas de averiguación de limpieza de sangre y genealogía de Francisco de Montoro, presentado a la ración de tenor en la catedral de Málaga
Fecha1640 diciembre 28
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña
ScriptorBernavé Roche de Móxica

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Nós, el licenciado don Cristóval Sánchez de Soto, arcediano de Málaga, governador, provisor y bicario general en ella y su obispado por su santa r.... Don fray Antonio Enríquez, obispo de Málaga, del Consejo de su Magestad y predicador de su real capilla, etcétera. Mi señor, hacemos saver al licenciado Rodrigo de Eslava, racionero de la santa iglesia catedral d'esta dicha ciudad, que su Magestad, como patrono de la dicha santa iglesia y de las demás d'este reino de Granada, por su real provisión ha presentado a Francisco de Montoro, subdiácono, natural de la villa de Montefrío en el arçobispado de Granada, a la ración entera de voz de tenor, que en esta dicha santa iglesia está vaca por muerte de Francisco de Noguerol, su último poseedor. Y porque conforme a los estatutos y orden de la dicha real provisión y presentación a los que fueren presentados a las tales raciones, antes de darle la collación se ha de hacer información de su linage y limpieza, por la presente, confiando que bien y fielmente haya la dicha información, le cometemos y encargamos que en la villa de Montefrío , a donde el dicho Francisco de Montoro presentado y sus padres y abuelos paternos y maternos son y fueron naturales, como en las demás partes y lugares donde conviniere, por ante notario o escrivano que d'ello fee, reciva juramento en forma de derecho de las personas que pareciere que mejor sabrán del linage y ascendencia del dicho pretendiente y sus padres y abuelos y los demás sus ascendientes. Y lo preguntará por las preguntas generales y por las del interrogatorio que ba con esta firmado del infraescrito secretario, haciéndoles las preguntas y repreguntas que fueren al caso convenientes por manera que den raçón suficiente de sus dichos. Y examinará por lo menos seis testigos, cristianos viejos, fidedignos, personas honradas de buena vida y fama, y lo que los dichos testigos depusiecen y dijeren originalmente, sin que traslado en poder de notario o escrivano ante quien pasare cerrada y sellada la dicha información, se nos remitirá a manos del dicho infraescrito secretario para la ver y proveer, lo cual convenga al servicio de Dios nuestro señor, que para todo lo a ello anejo y dependiente le damos poder cumplido cuan bastante de derecho se requiere. Y si es necessario favor y ayuda, exortamos y requerimos a cualesquier justicias , así eclesiásticas como seglares, se lo den e impartan, apremiando a los testigos con censuras y otros remedios de derecho para que parezcan a decir sus dichos, en cuyo testimonio mandamos dar y dimos las presentes, firmadas de nuestro nombre, selladas con nuestro sello y refrendadas del infraescrito secretario. En Málaga, a beinte y ocho de diziembre de mil y seiscientos y cuarenta años. Testado canongías , no valga. Y sacará la fee del bautismo del dicho pretendiente y al fin de la información pondrá su parezer de lo que siente en razón de la limpieza del susodicho. Fecho ut supra. El lizenciado Cristóval Sánchez de Soto.
Por mandado del señor governador, Bernavé Roche de Móxica, secretario.]

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