CAS | CAT | EUS | GAL | ENG | FRA

CODEA-2056

CODEA-2056

TranscriptorMilagros Plaza Alcalde
Editor 1Belén Almeida Cabrejas
Edición digitalNayra Sánchez Vera
GrupoGITHE
IdentificadorCODEA-2056
TipologíaTextos legislativos
ArchivoColección privada de Antonio Cánovas del Castillo
Referenciasin signatura, f. 1r-2r
ResumenRespuesta del Bureo de Felipe III a una petición realizada por los habitantes de Esquivias, por la que exime al monarca de pagar al pueblo toledano los impuestos generados de la compra del vino.
Fecha1612 abril 6
LugarMadrid
ProvinciaMadrid
PaísEspaña
ScriptorJerónimo de Quincoces

Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.

Auiendose capitulado y mandado por la Ultima concesion de millones que La sisa dellos sepague a donde se consumiere el Vino / seguarda y cumple entodo el Reyno Uendiendo lo por acantarado con la cantara mayor de ocho acumbres a los que compran para otras partes/ y conforme a esto Se a comprado para las casas Reales en diferentes Pueblos de donde se ha traido / La Uilla y Vecinos de esquibias acudieron a Los diputados del Reyno diçiendo que estan encauezados en la paga de millones con que Las casas Reales gasten de su Uino y paguen alli La sisa / y auiendo dado notiçia dello al bureo y de vn decreto que Los diputados dieron açerca desto / se comunico con don Diego de ayala como assesor / y con el liçençiado molina fiscal del consejo Real los quales mirandolo con estudio y vistas Las condiciones / dixeron que Su Magestad no debe sisa / ni se consienta pagar de millones ni de otra cosa alguna / y auiendo ablado de parte del Rey adon Diego de Ayala / le Respondio Lo mesmo: y que querer los diputados forzar a que las casas Reales gasten el Vino de esquibias y auerse encauezado con este aditamento / fue de mucha inconsideraçion y que conforme a las condiçiones del Reyno; si debiera Su Magestad sisa la qual no debe el cobrarla tocaba alos siseros delos Pueblos adonde Su Magestad residiere / delo que se gastare encada uno / y quando lo pidan a de ser en el consejo Real / adonde se mirara su justiçia y la de su Magestad. / con el parecer de Don diego y del fiscal / el Bureo / ordeno que se compre Vino de otros lugares pues entodos Lo dan para Su Magestad por la medida mayor / como aqualquiera particular del Reyno / ase entendido que los diputados haçen instançia en que se pague sisa en los Lugares dedonde se sacare Vino para las casas Reales / siendo contra justiçia y contra la condiçion / y muy de considerar que se atreban aquerer constriñir a Su Magestad / en lo que es libre qualquier particular del Reyno / solo con fin de ayudar alos de esquibias / so color que diçen se encauezaron / con este aditamento que les Vajen delo encauezado siendo çierto que pueden y deben pagar mucha mayor quantidad / aunque no se gaste su Vino en las casas Reales pues es claro que lo Venden a otros que deuen la sisa / y si aquellos que Lo compraren no lo deben tanpoco La debe Su Magestad. La ciudad de Valladolid pretendio se pagase sisa de la carne y Respondiendo el bureo que no se deuia / se informaron de sus letrados y Lo dejaron / Esta billa de Madrid pretendio Lo mesmo en La carne y pescado açeite / sebo / y otras cosas y Respondiendoles lo mesmo / ynformados / Lo dejaron / Si se diese lugar a lo que esquiuias pretende / serian muchos ynconuinientes para la autoridad / queriendo obligar Las casas Reales a lo que ninguno lo esta / y a que forzosamente se gaste en ellas su vino / que es el fin que lleban / pareçiendoles / que como se aya de pagar sisa en otras partes / se traera de alli // Saliendo con esto que es tan ynjusto se abrira puerta para que se pague / de la carne / y del açeite / del pescado del azucar / de la çera / y del sebo / que todos estos Siseros Lo an pedido y piden / y de lo que mas se hechare / Lo qual Vernia a ser mucha cantidad / allende de otras consideraçiones que ay de importançia El Bureo ha Respondido como esta dicho con acuerdo de su asessor y del fiscal molina / que Su Magestad no debe Sisa y que si alguno entendiere Lo contrario / Lo pida en el consejo / que alli se probeera Justiçia Por lo dicho y por muchas Razones que se dejan de poner aquí pareçe este negoçio de mucha consideraçion tanto por la calidad / como por la cantidad y consequençias deadelante y que se deue mirar y conferir sobreel antes de tomar Resoluçion en pretension / tan ynjusta y al pareçer / digna de Reprehension / En Madrid a seis de Abrill de mill y seisçientos y doçe años Hieronimo de quinquoçes [rúbrica]

Descargar XMLDescargar texto