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CDHM-0013

CDHM-0013

GrupoGLH-ULA
IdentificadorCDHM-0013
TipologíaOtros
ArchivoArchivo General del Estado Mérida
ReferenciaProtocolo Disenso, Matrimonio y Divorcio, Tomo I,
ResumenCarta de José Antonio Maldonado, procurador apoderado de Francisco de Angulo, al Provisor y Vicario General del Arzobispado de Santa Fe.
Fecha1784 enero 26
LugarSanta Fe de Bogotá
ProvinciaSanta Fe de Bogotá
PaísColombia

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Señor Provisor y Vicario General Josef Antonio Maldonado, procurador, apoderado de Francisco Angulo, vezino de la ciudad de Mérida, ante vuestra señoría con el devido respecto y en la mejor forma de derecho, paresco y digo que haviendo ocurrido a esta superior curia quejándome de los procedimientos del vicario de dicha ciudad sobre quería poner en estado de matrimonio una hija legítima de mi parte llamada María Manuela, con un esclabo proprio de dicha mi parte nombrado Juan Nepomuseno, sin embargo de las legítimas causas que se le representaron con arreglo a la Real Pranmática del asunto, como todo más latamente consta de mi anterior representación que reproduzgo, se cirvió vuestra señoría mandar por auto de 9 del presente enero se librase despacho cometido al clérigo secular ordenado in sacris que con él fuera requirido, para que este intimase e hisiese saber al mencionado vicario que en el acto de la notificazión entregara los autos originales que havía formado en el asunto, suspendiendo todo procedimiento hasta la determinación de este tribunal, cuya providencia se expidió en diez del mismo mes, y haviéndose puesto con ella mi parte en camino a fin de solicitar su cumplimiento, encontró un chasqui que le conducía las dos cartas originales que devidamente presento. La una de su muger y la otra de su apoderado, en las que le participan haver dicho vicario procedido a efectuar el matrimonio de la hija de mi parte con su esclavo el día 28 de diziembre pasado, no obstante que por el escrito, cuya copia autorizada igualmente presento, exponía el apoderado de mi parte al citado vicario suspendiese la ejecución hasta los resultos de esta capital, cuyo oportuno arvitrio no tubo efecto a causa de que no pudo el apoderado de mi parte encontrar al vicario por haver este procurado estudiosamente ocultarse, de modo que no vastó medio ni diligencia alguna que no burlase aquel vicario procediendo aun contra lo mismo que havía determinado, de dar antes cuenta a el excelentísimo ilustrísimo señor arzobispo como devió haserlo en conformidad de la citada Real Pracmática que tantas veses se le hizo presente aun con copia de su contenido, precindiendo de que por razón de su ministerio debe tenerla consigo y estar muy instruido en ella. Y ciendo esto un ecseso digno de la mayor demostración para contener en lo sucecibo otros de igual naturaleza, ocurro a la superior justificazión de vuestra señoría y rendidamente suplico se sirba mandar que, dándose ante todas cosas cumplimiento al citado despacho de 10 del presente mes, que para el efecto mantiene mi parte en su poder sobre que se remita lo actuado a esta superior curia, se informe el comicionado si es cierto haverse procedido a la celebración del matrimonio en virtud de lisencia de dicho vicario, y no obstante la anterior resolución de este sobre dar cuenta a el excelentísimo ilustrísimo señor arzobispo. Y ciendo así, le notifique al mencionado vicario comparesca en esta superior curia haciendo salga de aquella ciudad dentro de tercero día y se presente en esta en el término que vuestra señoria tenga por combeniente, que para entonses reserva. Y protexto pedir con vista de dichos autos cuanto combenga a el derecho y justicia de mi parte en orden a los costos, daños y perjuicios con lo demás que haya lugar, así contra dicho vicario como contra el esclabo, por ser así todo conforme y de justicia, ella mediante. A vuestra señoría suplico provea, como pido, que en lo nesesario protexto y juro. Faustino Flórez
,Joseph Antonio Maldonado [rúbrica

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